Una sentencia afirma una eximente que no existe en las leyes españolas

Si eres nazi, proetarra o estalinista, te acaba de tocar la lotería de la Audiencia Nacional

Anteayer se conoció una insólita sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve e incluso justifica a diecinueve acusados de cercar e impedir el acceso al Parlamento catalán durante una convocatoria de la extrema izquierda llevada a cabo el 15 de junio de 2011. El juez ponente de la sentencia, Ramón Sáez Valcarcel, recurre a un argumento extralegal con el que abre de par en par la puerta a futuros desmanes por parte de cualquier grupo extremista.

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¿Si tus ideas no tienen eco en los medios puedes saltarte las leyes?

Atentos a lo que dice este juez: "cuando los cauces de expresión y de acceso al espacio público se encuentran controlados por medios de comunicación privados, cuando sectores de la sociedad tienen una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación".

Para empezar, lo entrecomillado es una absoluta falta a la verdad: en España hay medios privados y también públicos, y obvia decir que existen numerosos cauces de expresión más allá de los medios de comunicación. Internet, sin ir más lejos. Pero es que además, la eximente que alega este juez no está contemplada en ninguna ley española. En toda nuestra legislación no hay ni un solo artículo que autorice a saltarse las leyes a los partidarios de determinada ideología o forma de pensar con el pretexto de que los medios no les hacen caso. Si nuestras leyes aceptasen tal cosa, tendríamos que admitir, por ejemplo, que nazis, estalinistas o proetarras se saltasen las normas de convivencia, por el mero hecho de que las ideologías odiosas que mueven a esos individuos no tienen un respaldo significativo -a Dios gracias- en la mayor parte de los medios de comunicación mayoritarios. En el fondo, el mensaje que transmite esta sentencia es muy peligroso: si tus ideas no convencen a mucha gente, si eres irrelevante para los medios, entonces tienes permiso para montar algaradas y cercar un parlamento.

¿En qué queda el Artículo 14 de la Constitución?

Cabe preguntarse, eso sí, quién va a determinar qué sectores políticos pueden saltarse las normas -que en teoría valen para todos-, disfrutando así de un privilegio del que no gozan los demás. Si un grupo provida no consigue que los medios le hagan caso, ¿podrá montar altercados, rodear un parlamento y acosar a sus diputados, o eso sólo es lícito si lo hacen individuos cuyas ideas se parezcan a las del citado juez? Si las leyes no son iguales para todos, y se pueden hacer excepciones en función de la ideología de cada uno, privilegiando a los partidarios de doctrinas políticas muy minoritarias, ¿qué hacemos entonces con lo que afirma el Artículo 14 de la Constitución?:

"Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."

Ya no es que esta sentencia deba ser recurrida al Tribunal Supremo por quien corresponda: es intolerable que siga ejerciendo el cargo de juez un individuo que dicta sentencias tan injustas y que son una burla al Derecho. ¿Piensa hacer algo al respecto el Consejo General del Poder Judicial, o tendremos que esperar a que los fans de Adolf Hitler, de Josef Stalin y de Josu Ternera intenten aprovecharse de esta sentencia para que se rectifique este absoluto despropósito?

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Comentarios:

  1. CiU que quiere toda la mano dura contra los que rodearon el Parlamento. Pide toda la mano blanda para que se apolle su referendum ilegal según las leyes españolas. Es más ha pedido o aprobado que voten en él. Los mayores de 16 y menores de 18 y los emigrantes, no sé si legales o ilegales. Y ambos grupos según la actual Constitución no pueden votar a las elecciones españolas. Todos cogean de leyes a la carta.

  2. Lo que no se puede es hacer la vista gorda y luego pedir que actúen los jueces.

  3. Hugo

    Esto no sucedería si los políticos no metieran mano en la justicia. Desde que implantaron el tercer turno se colaron todos estos tipejos que no saben de leyes o de ortografía e imparten justicia. Esperemos que no se fumaran lo mismo que sus acusados.

  4. Pacococo

    Digamos que se trata de un jurista de rara doctrina. El gran problema es que este país, antes llamado España, está lleno de juristas de rara doctrina, con lo cual cada uno hace lo que le da la gana.

    Evidentemente, si eres de una determinada forma de pensar el peso de la ley te cae bien duro.

    Lo lógico sería que el supremo anulara la sentencia y sancionara al juez. Pero lo dudo.

    Si tal cosa ocurriera, ya nos informarás, elentir.

  5. Luna

    Esta aberración es tan flagrante que no debería haber recurso ante el tribunal Supremo, es éste quien debería interceder y hacer prevalecer la legalidad sobre esta soflama de consecuencias absolutorias. En caso contrario, que los legisladores añadan excepciones por ideologías indignoides a la ley del Cod. penal que prohíbe el secuestro de parlamentarios.

  6. Manuel Roson

    Siguiendo la lìnea discursiva de este ¿Juez? ¿Porquè no van 4 gatos locos, lo toman de las solapas y dàndole un patadòn en el culo, lo sacan de su puesto? Ante la sorpresa del magistrado bien podrìan alegar: «Que conforman una minorìa, cuyas ideas no son aceptadas por el resto de la poblaciòn, ni de los medios en su mayorìa privados! ¡Vamos, que estos individuos podrìan acogerse a la interpretaciòn dada por su señorìa, y sacarlo olìmpicamente del cargo, sin que el infrascripto pudiera decir ni «mù»!

    Hasta la pròxima barbaridad polìtico-judicial.

    Atte. Josè Manuel Rosòn Pèrez / Buenos Aires – Argentina.-

    PD: ¡Y los argentinos nos quejamos de nuestra presidente que dice ser Doctora en Derecho, sin haber aprobado la carrera de Abogado! ¡Què cruz Señor, què cruz!

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