Lo que sí es criticable de la ley y lo que no se corresponde con lo que la ley dice

Verdades y falsedades sobre la nueva Ley de Seguridad Ciudadana o "Ley Mordaza"

El 30 de noviembre de 2013, al día siguiente de publicarse el Anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana, publiqué aquí una entrada muy dura sobre él.

Una ley muy suavizada durante sus 16 meses de tramitación

Dije entonces que este proyecto recordaba muchísimo a la "Ley Mordaza" que preparaba Leire Pajín en mayo de 2011, una norma que contemplaba delitos de opinión de diverso tipo. En los 16 meses que ha durado la tramitación de esta nueva norma, 14 de las infracciones contempladas fueron modificadas y 19 fueron directamente eliminadas, asumiendo el parecer de jueces, fiscales, el Consejo de Estado e incluso aportaciones de ONGs. Los delitos de opinión que señalé entonces han desaparecido del texto final de la ley, afortunadamente. Ese texto definitivo de la ley se publicó en el BOE el 31 de marzo y se puede leer aquí. Como ciertas cosas que he leído en algunos medios y en las redes sociales no me cuadraban siquiera con el citado anteproyecto que analicé aquí en 2013, me he animado a leerme la ley y he comprobado que se están diciendo algunas verdades y no pocas falsedades sobre la misma. En general, la infracciones definitivas me parecen razonables, con algún matiz. Pero la ley sigue sin gustarme por un motivo elemental.

El gobierno insiste en apropiarse de funciones de los jueces

Ese motivo lo señalaba hace tres días El País: "Los jueces pierden la potestad sobre tres millones de infracciones". Éste fue uno de los motivos por los que critiqué no sólo esta ley, sino también el nuevo Código Penal, igualmente publicado el 31 de marzo y que hizo desaparecer las faltas, dejando un vacío legal que viene a cubrir la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC). Muchas de las infracciones que contempla la nueva norma incluyen la coletilla "cuando no constituya infracción penal".

La propia LSC justifica así esta tipificación en su preámbulo: "la reforma en tramitación del Código Penal exige una revisión de las infracciones penales de esta naturaleza que contenía el libro III del código punitivo para incorporar al ámbito administrativo algunas conductas que, de lo contrario, quedarían impunes, como son ciertas alteraciones del orden público, las faltas de respeto a la autoridad, el deslucimiento de determinados bienes en la vía pública o dejar sueltos animales peligrosos." Hay que decir que esas y otras conductas quedarían impunes, de no mediar la LSC, porque le dio la gana al gobierno. Eliminar las faltas fue decisión del propio gobierno. Durante la tramitación del nuevo Código Penal pudo corregir el despropósito de eliminar las faltas e incorporar en el CP buena parte de las infracciones que ahora remite el ámbito administrativo. En esto mantengo lo que dije en 2013: dejar competencias de los jueces en manos del ejecutivo está mal y es peligroso.

Las mordazas precedentes que aplaudieron muchos que hoy critican la LSC

En un Estado en el que el Poder Judicial está mediatizado por el ejecutivo y el legislativo, el siguiente paso a dar era una ley como la LSC. Y no es la primera apropiación de funciones judiciales por el poder político que se da en nuestra democracia, por cierto. Ahí están la Ley Sinde (aprobada por el PSOE) y su comité de censura, y organismos tan lamentables como el CAC (apoyado por buena parte de los partidos catalanes -incluidos los que hoy rechazan la LSC- y aplaudido por nuestra progresía por su persecución contra la COPE). Ahí están hechos tan anormales como multas a medios por discrepar de ciertos dogmas ideológicos, denuncias por delitos de opinión inexistentes e incluso casos de censura de libros. Se trata de ejemplos de mordaza pura y dura aplaudidos por muchos izquierdistas que ahora llaman "Ley Mordaza" a la LSC, lo cual evidencia que los motivos que les llevan a criticar esta ley son partidistas más que jurídicos.

El País se columpia al denunciar cinco infracciones que castiga esta ley

El País también publicaba ayer "Cinco cosas que la ‘ley mordaza’ impide hacer a partir de mañana". El diario de PRISA se refería a esas cinco cosas con los siguientes títulos:

  • "Manifestarse junto al Congreso y el Senado". No es cierto. El Art.36 tipifica como infracción grave la siguiente: "La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal." Así pues, la ley no sanciona el mero hecho de manifestarse.
  • "Fotografiar a policías". No es cierto. El propio diario hace referencia a lo que dice el Art.36 de la ley, que tipifica como infracción grave lo siguiente: "El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información." Esto no es el mero hecho de "fotografiar a policías": esto es ponerlos en peligro a ellos y a sus familias, cosa que ha ocurrido en las redes sociales cuando ciertos energúmenos se han dedicado a reprodecir fotos y datos personales de agentes con afán intimidatorio.
  • "Parar un desahucio". Es cierto. Lo curioso es que el diario de PRISA empieza citando una crítica de la Plataforma Antidesahucios que habla de "prácticas tan normalizadas como parar un desahucio". Lo que entiende por normal esta gente es algo que llama la atención, desde luego: ¿es normal obstruir la labor policial? ¿En qué país? Lo que sanciona la ley me parece razonable: "Los actos de obstrucción que pretendan impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones, el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales".
  • "Protestar en las alturas". No es cierto. El propio diario desmiente su titular al hacer referencia a lo que sancione el Art.36 de la ley: "El escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes." Según El País, los de Greenpeace se dan por aludidos. Problema de ellos, claro.
  • "La resistencia pacífica y las sentadas". No es cierto. El Art.36 sanciona: "La negativa a la disolución de reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público ordenada por la autoridad competente cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio." La LO 9/1983 concreta el caso en manifestaciones que "se consideren ilícitas de conformidad con las Leyes penales", cuando "se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes" o "cuando se hiciere uso de uniformes paramilitares por los asistentes." ¿Se leyeron en El País esta ley antes de publicar la noticia? Parece que no.

Las alucinantes manipulaciones de La Voz de Galicia

En el capítulo de falsedades, La Voz de Galicia se lleva la palma al afirmar que la nueva ley impedirá "tuitear sobre una protesta". En el texto de la noticia insiste en la mentira: "Hacer referencia en Twitter a una manifestación", y añade: "Y en Facebook y en cualquier red social. No solo serán castigados aquellos que pongan en marcha una protesta sin permiso, sino también los que apoyen este tipo de convocatoria difundiendo mensajes en plataformas virtuales." El diario gallego ni siquiera se molesta en justificar esta grosera manipulación, que no se corresponde con lo que dice la ley. La Voz también afirma que la nueva ley prohíbe "hacer botellón": "La cruzada contra el alcohol también se refuerza con esta norma. Si quieres hacer botellón en alguna plaza pública prepárate para apoquinar como mínimo 100 euros y como máximo 600 si te pillan." No es verdad. El Art.37 sanciona como infracción leve lo siguiente: "El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana." ¿El matiz se les escapó a los redactores de La Voz, o ni siquiera se leyeron la ley?

En el mismo tono manipulador, La Voz de Galicia señala entre las prohibiciones de la LSC la siguiente: "Abandonar muebles viejos en la calle". Y lo justifica así: "Se acabó dejar las sillas y mesas viejas junto al contenedor de la esquina en cada mudanza. La obstaculización de la vía pública con mobiliario urbano, coches abandonados, contenedores, neumáticos u otros objetos será sancionada." ¿Abandonar muebles viejos en la calle es lo mismo que obstaculizar la calle con ellos, señores de La Voz? Esto castiga el Art.36 de la LSC: "Causar desórdenes en las vías, espacios o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos, cuando en ambos casos se ocasione una alteración grave de la seguridad ciudadana." Leo La Voz y leo el BOE y no me puedo creer que alguien que se dice periodista engañe así a sus lectores. Pero es que además hacer eso ya era un delito contra la seguridad del tráfico. Toda la noticia adolece de esta falta de rigor. Penoso ejercicio de mal periodismo, señores de La Voz.

El digital de Escolar confunde la LSC con el nuevo Código Penal

En el capítulo de críticas erróneas está una noticia de Eldiario.es que atribuye a esta nueva ley el cierre de la web subtitulos.es. El digital de Ignacio Escolar culpa del cierre a la LSC y, en concreto, al "artículo 270". El caso es que no existe dicho Artículo 270 en la LSC, que tiene 54 artículos. Eldiario.es ha confundido la LSC con el nuevo Código Penal, donde sí figura dicho artículo.

Público habla de la anterior LSC, pero no da incómodos detalles sobre ella

El diario Público da un reporte de Europa Press sobre las sanciones hechas con la "la ley previa a la 'mordaza". El diario de ultraizquierda señala que se refiere a la Ley de Seguridad Ciudadana de 1992, pero no dice que la aprobó el PSOE. Dicha ley, también conocida como Ley Corcuera, también recibió el nombre de "Ley de la patada en la puerta", pues autorizaba registros sin orden judicial (un precepto anulado por el TC por ser inconstitucional). Paradojas de la vida, dicha ley también fue calificada como "ley mordaza" por el PP antes de su aprobación.

IU, contra la 'Ley Mordaza' tras pedir que se persiga a los anticomunistas

Pasando del capítulo mediático al político, IU afirmaba ayer en su Twitter: "No hay #LeyMordaza que nos impida continuar la lucha y la desobediencia en defensa de los derechos de nuestro pueblo". El año pasado IU llevó en su programa electoral la exigencia de que la UE persiga a los anticomunistas. En 2013 las juventudes del PCE, el partido hegemónico en IU, se solidarizaron con Corea del Norte. La propia IU ha mostrado su apoyo a la dictadura comunista cubana, y el pasado mes de marzo votaba contra una condena de la represión chavista en Venezuela. Después de todo eso, ¿ahora nos vienen a hablar de la Ley Mordaza en España? ¿Cómo se puede tener tanta cara?

Podemos habla de 'Ley Mordaza' en España y apoya la mordaza en Venezuela

El Twitter de Podemos publicaba ayer estas palabras de Íñigo Errejón: "Estamos preocupados por la llamada #LeyMordaza. Es una ley que avanza en un sentido autoritario". Podemos está liderado por un señor que en 2013 dijo tener a Cuba como "referencia". Ese mismo año Pablo Iglesias reconoció que se dejaba usar por la dictadura islámica de Irán, y tanto él como otros dirigentes de Podemos asesoraron al régimen chavista en su guerra sucia contra la oposición democrática en Venezuela. Igual que sus colegas de IU, en diciembre Podemos votó contra una moción de condena de la represión chavista en la Eurocámara, y en marzo votó contra otra condena más, y ésta incluía el rechazo al asesinato de un niño de 14 años a manos de un policía chavista. Podemos no está contra la "Ley Mordaza" del PP por ser lesiva para nuestras libertades, sino porque no son Pablo Iglesias y compañía quienes imponen SU mordaza. Así de claro.

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Comentarios:

  1. Yo no soy ni abogado, ni juez, ni político, ni vivo en una ciudad grande, ni se lo que pasa en otras partes de España. Lo que si se es que cada vez que salgo a la calle veo que todo el mundo hace lo que le da la gana en todos los sentidos. Los medios de comunicación están censurados por los políticos de izquierdas (que trate alguien de escribir una carta al director de un periódico poniendo a parir a Pablo Iglesias o al alcalde de Vigo). La policía no hace absolutamente nada al no ser que hay un revuelto, atraco o como quieran llamarlo violento – como ocurrió con la pobre policía de Vigo que murió acribillada – o hay que poner multas de mal aparcado. Saltarse un semáforo o un paso de peatones es normal. Para las personas mayores es un peligro caminar por cualquier parte. Termino; lo de dejar suelto perros incluidos peligrosos…a diario.

  2. Ciudadano

    A ver, muy bien hay cosas q no estan expuestas exactamente en la Ley Mordaza, pero ya somos mayorinos de sobra para saber como van a ser aplicadas y usadas.

    Fotografiar o grabar a un policia, ponte en este caso q se graba como un policía agrede injustificadamente a un ciudadano, otro policía lo ve y te puede exigir la grabacion y destruirla por que diga q pone en peligro la seguridad del compañero. Y lo hace y lo destruye, y encima como te nieges te cae multa y luego justificalo y defiendete, salvo q tengas muchos testigos q testifiquen estas jodido por que la palabra de un policia de servicio vale más que la de un ciudadano. Una forma de evitar abusos de poder por parte de miembros de seguridad poco profesionales (la MINORIA pero existen algunas ovejas negras como en todo trabajo) se te ha borrado de un plumazo.

    Te contradices, parar un deshaucio es una forma de protesta no violenta y una resistencia pacifica, nunca se atenta ni se agrede, y a ti te parece bien segun este articulo si no es para parar un deshaucio, por que dices q se impide el ejercicio de sus labores, cuando en una sentada tambien y eso si te parece bien.

    Y te dejo estos dos ejemplos por no liarme a poner más, por favor sed coherentes y adultos, reconozcamos como se va a usar y si creemos q algo es un derecho tomemoslo como tal en todas sus variantes, no cuando nos convezca, esta ley supone verdaderamente

  3. José Ignacio Lesaca Eseverri

    Espléndido artículo, Elentir. Muy iluminador.

  4. «Ciudadano», en primer lugar, te recuerdo que las normas de participación de este blog excluyen los comentarios con un email falso. No publicaré más comentarios tuyos si no cumples esta norma.

    En segundo lugar, si tú grabas a un Policía agrediendo injustificadamente a un ciudadano y otro agente te exige la grabación, estaría cometiendo un abuso y eso es denunciable. Abusos ya se cometen a día de hoy, y ya se denuncian. La diferencia es que a día de hoy también se graba y se fotografía a policías para hacer circular su foto por la red a ver si le identifican a él y a su familia. Lo he visto, nadie me lo tiene que contar, y a eso hay que ponerle freno.

    Sobre los desahucios, no estoy de acuerdo. Impedir la entrada a agentes de Policía en un edificio es una obstrucción como la copa de un pino. ¿Es que no te das cuenta de que cuando se envía a la Policía a llevar a cabo un desahucio lo que hace ésta es cumplir una resolución judicial? Si nos arrogásemos un «derecho» a impedir a la Policía el ejecutar sentencias judiciales, ¿en qué país de chirigota estaríamos?

    Y dicho sea de paso, animo a quienes critican lo que dice al respecto esta ley a leerse el Art. 556 del Código Penal de 1995, aprobado por el PSOE:

    «1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

    2. Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.»

    Ojo, ahí no sólo se hablaba de multas, sino también de prisión.

  5. Alfredo

    Muy buen artículo. Ya se cansa uno de tergiversaciones como ayer en el hormiguero q se ve q ahora también saben de leyes y no de circo…Y buena respuesta a anónimo. Gracias por ser tan claros

  6. pacococo

    Esta es una más de las chapuzas de la casta y digo casta y no gobierno porque todos los partidos tienen gana de promulgar su ley mordaza. Mi crítica no es por penalizar estos hechos, sino porque no se utilice el Código Penal para ello, entre otras cosas porque lo han reformado para dar cabida a esta ley.

    No puede ser que se haya puesto la moda de incumplir con pleno conocimiento y con publicidad las leyes, con esta ley eso se pretende evitar, pero insisto, el CP bien aplicado, sirve para eso. Lo que pasa es que aquí no se aplica.

    Veamos la oposición a un desahucio. Eso es obstrucción a la Justicia, pues pretendes impedir que se cumpla una sentencia. Eso está en CP, como obstucción a la Justicia (supongo) y debe conllevar cárcel. Pero eso supone que el juez intervenga. Con esta ley, se multa, se cobra la multa y se ahorran gstos de juzgados y de prisión. Pero el espíritu de las leyes queda hehco unos zorros.

  7. Beatriz

    Buen artículo, me ha aclarado mucho el tema. A pacococo, creo q tienes razón y es lo q defiende el artículo, el legislador se ha quitado de enmedio a los jueces al quitar las faltas del CP. Aunque no lo excuso xq,como dice Elentir, está mal si creo q en estos tiempos tan agitados q vivimos muchos jueces han hecho dejación de sus responsabilidades pasando x alto o minimizando el castigo para actos graves como el asedio al Congreso, o la obstrucción a la justicia en los deshaucios. Ojalá llegue el dia, y yo q lo vea, en q la Justicia dejen de ser un instrumento de hacer política

  8. La dejación de responsabilidades es general a nivel de autoridades, y no se limita a las judiciales. Ya habéis visto lo ocurrido con el desafío separatista de Artur Mas y la tibia respuesta del gobierno de Rajoy. Y así con todo. No espero que el gobierno lo haga mejor que los jueces, desde luego.

  9. Francisco dorado

    Gran artículo aclaratorio, dejando en evidencia la manipulacion de los medios conforme a sus intereses políticos.

  10. Warren

    Buen artículo explicativo, ya era hora de arrojar luz sobre algo de lo que todos hablan sin parar. Como yo digo a los que tanto se pican con esta LO 4/2015 de Protección a la Seguridad Ciudadana: leerosla, pues los textos legislativos son publicos para que los lea cualquier ciudadano; ah pero claro, algunos esque eso de leer…
    Sobre lo de que el ejecutivo tome funciones judiciales no estoy de acuerdo del todo; pues bien todos estos artículos que terminan con un «cuando no constituyan infracción penal» suelen dividir los hechos «sancionables» en varios grados de gravedad. Poniendo como ejemplo la negativa a identificarse ante un miembro de las FCSE, si un ciudadano se niega una vez pero luego entra en razón se lleva simplemente la sanción administrativa, pero si continúa negándose ya procedería la acción penal, la cual pasa por detención, jueces y tribunales; es una manera de poner un grado mínimo para sancionar acciones «anti-penales» en su modalidad «light» y así evitar el traumático paso por comisarías y juzgados del sancionado, así como para descongestionar los juzgados de causas de este tipo de las cuales están llenos. Además, siempre las sanciones de la LSC pueden ser recurridas por el sancionado por los medios habituales.

    Sobre las fotos y grabaciones a miembros de las FCS, la sanción no va a caer a nadie por «símplemente grabar», como mucho puede serle intervenida la cámara (entregando acta por ello), enviada al juzgado y devuelta por este si no ve en las grabaciones ningún ánimo de atentar contra la seguridad e intimidad pública del grabado. Porque si se graba un abuso o una mala práctica, el destino de la grabación debe ser el juzgado mediante correspondiente denuncia, no youtube con el título de «HABER SI RECONOCÉIS EL CABRON ESE Y VAMOS A POR ÉL», que youtube no es ningún tribunal de justicia y los usuarios de este no son ningún magistrado ni verdugo.

  11. Rubenson del Pozo

    Claro, tu te basas en los matices de la ley para desmontar las críticas a esta ley «Cuando se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana», «Cuando ponga en peligro a los agentes de seguridad o sus familias», etc. Pero lo que te cuidas mucho de reflejar en tu artículo es que la interpretación de esos matices pertenece a las propias fuerzas de seguridad, que se erigen así en parte, juez y verdugo. Y esto es lo peligroso de esa ley. Y da miedo.
    Perdóname si no puedo confiar en el criterio de muchos de las personas que integran los cuerpos de seguridad del estado. Y en las órdenes que les vengan de arriba.
    Es un despropósito, te pongas como te pongas.

  12. Sigo diciendo que en España la ciudadanía con esto de la ‘Libertad de expresión’ hacen lo que les da la puñetera gana. ¡Traten de hacer algunos tipos de manifestaciones como hacen aquí, especialmente en Madrid en Estados Unidos! En cinco minutos están todos en San Quintín.

  13. GerberX

    Entendiendo, cómo dices, que al final los casos que se comentan en prensa han sido algo exagerados y distorsionados a partir del texto de la ley, no puedo hacer otra cosa que pensar que al depender estas sanciones del Estado y no de los jueces, creo que existe un alto riesgo de que se sancionen injusta y desproporcionadamente muchas infracciones. Por ejemplo, en el caso de manifestarse frente al Congreso, quién marca la línea entre lo que es «perturbación grave de la seguridad ciudadana» y lo que no. Siendo el Estado parte interesada en esta infracción, sólo puedo desconfiar.
    Además, es que uno lee las cifras que se barajan como multas y no puede evitar quedarse atónito. Por ejemplo, las sanciones al consumo o tenencia de drogas me parecen un disparate.
    En definitiva, estoy de acuerdo en que se nos vende una imagen algo catastrófica de lo que es esta LSC. Pero me parece innegable que si que significa un significativo paso atrás en los derechos y libertades de los ciudadanos.

  14. Si por los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad fuese, por mí no habría tanto problema. Confío en ellos más que en los jueces y mucho más que en los políticos. El problema es que tenga el gobierno la capacidad de decidir en lugar de los jueces en temas que deberían estar en manos de éstos.

  15. VonPosse

    Leer es muy fácil, una cosa más complicada es ya interpretar. Esperemos que los Jueces interpreten esta Ley de forma laxa ya que si no nos va a ir a todos un poco negro. La voluntad general de esta Ley es dar mayor libertad a la policía en sus actuaciones frente a los ciudadanos. No voy a desmontar punto por punto tu, por otra parte, muy buen artículo, pero la facilidad con la que interpretas la ley en un sentido es facilmente interpretable hacia el otro, un ejemplo:
    La ley habla de obstaculizar la calle y tu dices que no es lo mismo que dejar muebles en la vía pública. Pues yo como policía puedo oensar que sí, ya que la acera también es vía pública y la ley no dice «obstaculizar totalmente la vía pública» Captas el matiz? Con ests ley a la policía se le da mayor libertad para interpretar la ssituaiones que se pueden ocasionar en protestas ciudadanas de 20 personas que canten proclamad y según la actuación policial están alterando «gravemente» el orden, siempre según la interpretación de un policía que amparado en sus compañeros y con la Ley bajo el brazo puede darte un par de porrazos sentado frente al congreso. Tu final hablando de Podemos, de traca.
    Atentamente, un abogado.

  16. VonPosse, como abogado la sabrás que la LSC de 1992, vigente hasta el 30 de junio, consideraba infracciones graves «originar desórdenes graves en las vías», y como infracciones leves «originar desórdenes en las vías, espacios o establecimientos públicos». ¿Tú has visto a algún policía poniendo una multa a alguien por dejar un mueble junto a un contenedor de basura, por el hecho de dejar «desordenada» la calle? Sinceramente, creo que el concepto obstaculizar es mucho más claro que el de desórdenes, pero está visto que algunos queréis buscarle tres pies al gato.

    Por cierto:

    VonPosse: «Tu final hablando de Podemos, de traca.»

    Sí, a mí también me parece de trata que un partido que se niega a condenar el asesinato de un niño en Venezuela a manos de la Policía chavista, el uso de armas de fuego letales contra manifestantes o el encarcelamiento de presos políticos en cárceles militares de ese país, hable aquí de «ley mordaza» para referirse a la LSC. Porque es eso de lo que hablabas tú, ¿o lo que te parece mal no es eso, sino que yo lo critique?

  17. VonPosse

    He visto a la policía poner simplemente multas porque un chaval les ha lanzado un corte de mangas y en la denuncia escribir: «increpar a los agentes y azuzar a la gente de la calle contra los agentes» y tipificarlo como una alteración del orden público, muy creativo verdad?. He visto a la policía hacer verdaderas virguerías para poder encajar en los tipos verdaderas tonterías. Estas cosas pasan, y en el gremio se tapan entre ellos y la carga de la prueba siempre recae sobre el «infractor» No es difícil que con esta ley en la que se les da prácticamente absoluta libertad para interpretar manifestaciones pacíficas como alteraciones del orden público o botellones «siempre que no molesten a los vecinos» lo cual los mismos agentes lo pueden decidir en el acto sin denuncia previa de vecinos. Si piensas que los agentes de policía, siempre mirando más allá de su inestimable e imprescindible trabajo en otro tipo de ámbitos, no se extralimita cuando se les da una libertad semejante para interpretar la ley, y como tu bien dices en repetidas ocasiones, además trasladar el control de las antiguas faltas a infracciones administrativas al poder ejecutivo, con multas que gravan de una forma muy excesiva a personas que ejercen derechos BÁSICOS EN UN ESTADO DE DERECHO, y piensas que no es un paso atrás para una sociedad me parece ser un cándido que no sabe ver la simple y llana realidad de la personalidad humana. Veo tu análisis como algo más político que jurídco, lo cual, lo segundo, sería mucho más constructivo que el simple enfrentamiento político con el que rebozas todo este análisis de una ley, negándote a ver las consecuencias para los ciudadanos. No es una ley para protegerlos, es una ley creada por un ejecutivo para protegerse en esta legislatura y en futuros gobiernos. Lo de podemos de traca sí, de contradicciones está lleno el mundo. Pero que podemos critique esta ley por motivos políticos no excluye al gobierno del sablazo que está dando a la libertad individual y de pensamiento de las personas. Está en la constitución. Leer es muy fácil.

  18. Yo debo ser muy raro, porque he ido a muchas manifestaciones y nunca -y repito, NUNCA- he tenido problemas con ningún policía. Será porque no me dedico a hacer cosas como darles un corte de mangas y otras faltas de respeto que tienen que aguantar sin rechistar tan a menudo.

    Por lo demás, ya he señalado en esta entrada que -y perdón por la autocita- «dejar competencias de los jueces en manos del ejecutivo está mal y es peligroso».

    Y sí, la referencia a Podemos es muy necesaria porque ponen el grito en el cielo por algo mucho menos grave que lo que apoyan en Venezuela. No me gusta esta ley, pero me pone malo verles criticándola a unos tipos que apoyan las salvajadas de los chavistas en Venezuela. Es tan infame como lo sería ver a miembros del KKK acusando a otros de ser los peores racistas del mundo.

  19. Miren lo que paso con este que insulto a los judíos. Aquí los jueces dijeron no pasa nada. En la mayoría de los países que sufrieron a Hitler incluido Alemania lo hubieron puesto en la cárcel incluido en USA. ¿Dónde esta la ley?

  20. Luna

    Al ver las noticias de distintos canales de TV me di cuenta de que no estaban informando adecuadamente, por lo que he querido saber cómo funciona esta ley. He entrado aquí directamente, donde esperaba que comentarías el tema y enlazarías el texto de dicha ley.

    He encontrado un análisis profundo, que lo deja todo muy claro. Vuelvo a quedar admirado por la velocidad de una respuesta meditada e informada.
    Gracias de nuevo, maestro.

    El juego a que se están prestando con el mecanismo sancionador es muy peligroso. Primero se le quita importancia, pasando de la vía ju7dicial a la administrativa, como si fuera asunt

  21. Prodigo

    Hola, soy policia local en la comunidad valenciana. Trabajo en un municipio mediano, mas de 20.000 habitantes.
    La nueva ley de seguridad ciudadana apenas cambia a la anterior en cuestión de nuestro trabajo de calle.
    Es mas, ha asumido las diversas sentencias y jurisprudencia que había de la anterior ley.
    Veremos el día a día.
    Otra cosa, el tema de los botellones, desde el 97 esta PROHIBIDO CONSUMIR BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LA VIA PUBLICA. esto en la comunidad vale ciana, es decir 18 años aplicando la legislación con «sentido común».
    Un salu2

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