{"id":29123,"date":"2014-05-14T07:21:02","date_gmt":"2014-05-14T05:21:02","guid":{"rendered":"http:\/\/www.outono.net\/elentir\/?p=29123"},"modified":"2014-07-02T08:31:30","modified_gmt":"2014-07-02T06:31:30","slug":"el-derecho-al-olvido-obligando-a-entorpecer-ciertas-busquedas-de-datos-veraces-y-publicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/2014\/05\/14\/el-derecho-al-olvido-obligando-a-entorpecer-ciertas-busquedas-de-datos-veraces-y-publicos\/","title":{"rendered":"El 'derecho al olvido': obligando a entorpecer ciertas b\u00fasquedas de datos veraces y p\u00fablicos"},"content":{"rendered":"<p>El Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea public\u00f3 ayer <a href=\"http:\/\/curia.europa.eu\/juris\/document\/document.jsf?text=&docid=152065&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=256417\">una abusiva sentencia<\/a> que, en nombre del derecho a la privacidad, exime al diario La Vanguardia del borrado de unos datos veraces y de car\u00e1cter p\u00fablico y obliga a Google a censurarlos en su buscador.<!--more--> <strong>La propia sentencia defiende este disparate apelando a un inexistente 'derecho al olvido'<\/strong> que tendr\u00eda unos efectos surrealistas si se aplicasen a las ediciones impresas de los peri\u00f3dicos.<\/p>\n<p><rel><a href=\"http:\/\/curia.europa.eu\/juris\/document\/document.jsf?text=&docid=152065&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=256417\">Texto de la sentencia publicada ayer por el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea<\/a><\/rel><br \/>\n<rel><a href=\"http:\/\/curia.europa.eu\/juris\/document\/document.jsf?text=&docid=138782&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=991339\">Texto de las conclusiones del abogado general Niilo J\u00e4\u00e4skinen, deso\u00eddas por el TJUE<\/a><\/rel><\/p>\n<p><strong><big>La AEPD eximi\u00f3 al diario y atribuy\u00f3 toda la responsabilidad a Google<\/big><\/strong><\/p>\n<p>El caso que aborda la sentencia se refiere a la publicaci\u00f3n por el diario La Vanguardia de dos anuncios sobre una subasta de inmuebles tras un embargo por deudas a la Seguridad Social de un abogado espa\u00f1ol. \u00c9ste dirigi\u00f3 una reclamaci\u00f3n a la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos (AEPD) para que exigiese al diario la retirada de esos anuncios y a Google la supresi\u00f3n de los enlaces a los mismos. Seg\u00fan indica la sentencia, <em>\"la AEPD desestim\u00f3 la reclamaci\u00f3n en la medida en que se refer\u00eda a La Vanguardia, al considerar que la publicaci\u00f3n que \u00e9sta hab\u00eda llevado a cabo estaba legalmente justificada, dado que hab\u00eda tenido lugar por orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y ten\u00eda por objeto dar la m\u00e1xima publicidad a la subasta para conseguir la mayor concurrencia de licitadores.\"<\/em> Es decir, que <strong>la AEPD reconoc\u00eda que La Vanguardia no estaba obligada a borrar esos anuncios por tratarse de informaci\u00f3n p\u00fablica y veraz y estar justificada su publicaci\u00f3n que ten\u00eda por objeto darle \"la m\u00e1xima publicidad\" a dichas subastas<\/strong>. Obvia decir que lograr la m\u00e1xima publicidad para un anuncio incluye su difusi\u00f3n en los buscadores de Internet.<\/p>\n<p>Pero aqu\u00ed es donde llega el primer absurdo, y cito lo que apunta la sentencia: <em>\"La AEPD consider\u00f3 que estaba facultada para ordenar la retirada e imposibilitar el acceso a determinados datos por parte de los gestores de motores de b\u00fasqueda cuando considere que<strong> su localizaci\u00f3n y difusi\u00f3n puede lesionar el derecho fundamental a la protecci\u00f3n de datos y a la dignidad de la persona entendida en un sentido amplio, lo que incluye la mera voluntad del particular afectado<\/strong> cuando quiere que tales datos no sean conocidos por terceros.\"<\/em> Es decir, que <strong>seg\u00fan la AEPD publicar en un diario esos datos no lesiona el derecho a la privacidad, pero s\u00ed lo lesiona que esos datos sean localizables y tengan difusi\u00f3n. La monda.<\/strong> \u00bfPensar\u00e1n en la AEPD que La Vanguardia es como el diario \u00edntimo de una quincea\u00f1era, sin m\u00e1s lectores que ella y sus amigas?<\/p>\n<p><strong><big>El abogado general dio la raz\u00f3n a Google, invocando la libertad de expresi\u00f3n<\/big><\/strong><\/p>\n<p>Con toda raz\u00f3n, Google recurri\u00f3 dicha resoluci\u00f3n ante la Audiencia Nacional, y fue \u00e9sta la que llev\u00f3 el caso al TJUE. En junio de 2013 <strong>el Abogado General, el finland\u00e9s Niilo J\u00e4\u00e4skinen<\/strong> (un cargo que cumple un papel de asesor imparcial e independiente, cuyo parecer suele ser tenido en cuenta por el TJUE), <strong>advirti\u00f3 que este asunto <em>\"afecta, desde m\u00faltiples puntos de vista, a la libertad de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n\"<\/em><\/strong>, y record\u00f3 que este derecho <em>\"comprende la libertad de opini\u00f3n y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades p\u00fablicas y sin consideraci\u00f3n de fronteras.\"<\/em> <a href=\"http:\/\/curia.europa.eu\/juris\/document\/document.jsf?text=&docid=138782&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=991339\">Puedes leer aqu\u00ed el informe completo de J\u00e4\u00e4skinen.<\/a> Su conclusi\u00f3n final est\u00e1 cargada de l\u00f3gica y de sentido com\u00fan:<\/p>\n<blockquote><p><em>\"Los derechos de cancelaci\u00f3n y bloqueo de datos, establecidos en el art\u00edculo 12, letra b), y el derecho de oposici\u00f3n, establecido en el art\u00edculo 14, letra a), de la Directiva 95\/46, <strong>no confieren al interesado el derecho a dirigirse a un proveedor de servicios de motor de b\u00fasqueda para impedir que se indexe informaci\u00f3n que le afecta personalmente, publicada legalmente en p\u00e1ginas web de terceros<\/strong>, invocando su deseo de que los usuarios de Internet no conozcan tal informaci\u00f3n si considera que le es perjudicial o desea que se condene al olvido.\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p><strong><big>El TJUE niega a Google el derecho fundamental que otorga a La Vanguardia<\/big><\/strong><\/p>\n<p><strong>El TJUE ha deso\u00eddo lo apuntado por el abogado general y lo ha hecho con esta afirmaci\u00f3n:<\/strong> <em>\"el tratamiento de datos personales llevado a cabo en el marco de la actividad de un motor de b\u00fasqueda se distingue del efectuado por los editores de sitios de Internet, que consiste en hacer figurar esos datos en una p\u00e1gina en Internet\"<\/em>. Pero \u00bfpor qu\u00e9 se distingue a efectos jur\u00eddicos? <strong>\u00bfPor qu\u00e9 si La Vanguardia publica datos veraces y p\u00fablicos en una web lo hace al amparo de la libertad de expresi\u00f3n, y Google no cuando se limita a citar y enlazar esos datos? Es aburdo.<\/strong> Si esos datos lesionan el derecho a la privacidad, lo lesionar\u00e1n antes todo en el sitio que los public\u00f3. \u00bfPor qu\u00e9 se exime a \u00e9ste de retirarlos y sin embargo se obliga a un buscador a dejar de enlazarlos?<\/p>\n<p><strong><big>\u00bfVeremos aplicada esta sentencia a casos de delitos?<\/big><\/strong><\/p>\n<p>En realidad, <strong>lo que esta sentencia supone no es un inexistente 'derecho al olvido', sino una imposici\u00f3n a los buscadores para que supriman b\u00fasquedas de datos veraces y totalmente legales<\/strong>. El TJUE, en una sentencia que ni siquiera puede recurrirse, acaba de proclamar una obligaci\u00f3n de entorpecer o incluso prohibir la b\u00fasqueda de <strong>datos que est\u00e1n ah\u00ed, adem\u00e1s, por culpa de los propios afectados<\/strong>. Hay que se\u00f1alar que no fue Google la empresa embargada por no pagar a la Seguridad Social: lo fue la persona que reclam\u00f3 ante la AEPD. As\u00ed pues, adem\u00e1s de una inaceptable imposici\u00f3n a los motores de b\u00fasqueda, <strong>esta sentencia implica tambi\u00e9n la creaci\u00f3n de un falso 'derecho a la irresponsabilidad'<\/strong>, por cuanto exime a una persona de las consecuencias de las decisiones que ha tomado, algo especialmente abusivo cuando hablamos de consecuencias derivadas del incumplimiento de sus obligaciones legales por parte de un abogado. <strong>\u00bfCu\u00e1nto tardaremos en ver aplicada esta absurda jurisprudencia a condenados por cualquier delito que deseen borrar todo rastro de sus antecedentes penales en un buscador?<\/strong> Y de igual forma, \u00bfcu\u00e1nto tardar\u00e1n ciertos pol\u00edticos en echar mano de esta sentencia para reclamar que sean ilocalizables en los buscadores las informaciones inc\u00f3modas sobre condenas por corrupci\u00f3n?<\/p>\n<p><strong><big>\u00bfQu\u00e9 pasar\u00eda si se aplicase este principio a kioskos y hemerotecas?<\/big><\/strong><\/p>\n<p>Como bien apunt\u00f3 el abogado general J\u00e4\u00e4skinen, <strong>estamos ante una nueva vulneraci\u00f3n de la libertad de expresi\u00f3n<\/strong>. Que tenga a los motores de b\u00fasqueda como v\u00edctimas no la hace menos grave. De hecho, y como apuntaba al comienzo, <strong>\u00bfqu\u00e9 pasar\u00eda si aplic\u00e1semos el sentido de esta sentencia a los antiguos 'buscadores' que ten\u00edamos antes de la aparici\u00f3n de Internet?<\/strong> Me refiero, por ejemplo, a todas las hemerotecas que contienen colecciones enteras de peri\u00f3dicos en cuyas p\u00e1ginas se pueden encontrar informaciones veraces y totalmente legales, pero inc\u00f3modas para algunas personas. <strong>\u00bfSe exigir\u00eda destruir algunos de los peri\u00f3dicos archivados, o p\u00e1ginas sueltas de ellos, o se impedir\u00eda sin m\u00e1s todo acceso a la hemeroteca?<\/strong> Y ya puestos, \u00bfpor qu\u00e9 no obligar directamente a los kioskos a responsabilizarse de la difusi\u00f3n de los contenidos de las publicaciones que venden? A fin de cuentas, desempe\u00f1an la misma funci\u00f3n que Google: acercar esos medios a los lectores. Ya puesto a proclamar disparates y elevarlos a la categor\u00eda de derechos, \u00bfpor qu\u00e9 el TJUE no lleva esta sentencia a sus \u00faltimas consecuencias? \u00bfEs, tal vez, por miedo a que quede en evidencia, en toda su envergadura, el colosal absurdo que acaba de imponernos a los europeos?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea public\u00f3 ayer una abusiva sentencia que, en nombre del derecho a la privacidad, exime al diario La Vanguardia del borrado de unos datos veraces y de car\u00e1cter p\u00fablico y obliga a Google a censurarlos en su buscador.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"inline_featured_image":false,"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[11,13,67],"tags":[661,102,1180],"class_list":["post-29123","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-comunicacion","category-internet","category-a-breves","tag-google","tag-la-vanguardia","tag-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29123"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29123"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29123\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29123"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29123"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29123"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}