{"id":35115,"date":"2017-11-10T07:17:55","date_gmt":"2017-11-10T06:17:55","guid":{"rendered":"http:\/\/www.outono.net\/elentir\/?p=35115"},"modified":"2017-11-15T23:41:55","modified_gmt":"2017-11-15T22:41:55","slug":"caso-forcadell-esto-lo-que-dice-un-auto-judicial-que-desmonta-las-mentiras-de-los-separatistas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.outono.net\/elentir\/2017\/11\/10\/caso-forcadell-esto-lo-que-dice-un-auto-judicial-que-desmonta-las-mentiras-de-los-separatistas\/","title":{"rendered":"Caso Forcadell: esto lo que dice un auto judicial que desmonta las mentiras de los separatistas"},"content":{"rendered":"<p>Una costumbre que tengo en este blog es ofreceros, siempre que puedo, un acceso a las fuentes originales de los hechos que comento. Algo que puedo hacer, por ejemplo, con los autos judiciales.<!--more--><\/p>\n<p><rel><a href=\"http:\/\/www.outono.net\/elentir\/2017\/11\/02\/no-son-presos-politicos-son-politicos-presos-por-violar-las-leyes-y-desobedecer-sentencias\/\">No son 'presos pol\u00edticos': son pol\u00edticos presos por violar las leyes y desobedecer sentencias<\/a><\/rel><br \/>\n<rel><a href=\"http:\/\/www.outono.net\/elentir\/2017\/11\/03\/ada-colau-pretende-que-aparcar-mal-el-coche-tenga-mas-castigo-que-dar-un-golpe-de-estado\/\">Ada Colau pretende que aparcar mal el coche tenga m\u00e1s castigo que dar un golpe de Estado<\/a><\/rel><\/p>\n<p>Ayer el juez Pablo Llarena, del Tribunal Supremo, dict\u00f3 <a href=\"http:\/\/www.poderjudicial.es\/cgpj\/es\/Poder-Judicial\/Noticias-Judiciales\/El-instructor-de-la-querella-contra-la-Mesa-del-Parlament-de-Cataluna-acuerda-prision-eludible-bajo-fianza-de-150-000-euros-para-Carme-Forcadell\">prisi\u00f3n provisional para Carme Forcadell<\/a>, expresidenta del Parlamento de Catalu\u00f1a, <strong>eludible con el pago de una fianza de 150.000 euros<\/strong>. Una fianza que tendr\u00eda que haber pagado anoche, cuando se public\u00f3 el auto, cosa que no fue posible. As\u00ed que <strong>mientras escribo estas l\u00edneas, la se\u00f1ora Forcadell pasa su primera noche en prisi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.poderjudicial.es\/stfls\/TRIBUNAL%20SUPREMO\/DOCUMENTOS%20DE%20INTER\u00c9S\/Auto%20situaciones%20personales%20vac.pdf\" target=\"_blank\">Pulsando aqu\u00ed pod\u00e9is descargaros el auto del juez Llarena<\/a> (es un PDF de 26 p\u00e1ginas). Algunos pensar\u00e1n que esto de leer auto judicial es un tost\u00f3n, ya que el lenguaje jur\u00eddico tiene fama de farragoso. No les falta raz\u00f3n, pero si est\u00e1s un poco familiarizado con ese lenguaje, la lectura puede resultar entretenida e incluso interesante. En el caso de Forcadell, <strong>el auto deja bien claro lo crudo que lo tiene la expresidenta del Parlamento catal\u00e1n<\/strong>.<\/p>\n<p><big>El juez desmonta la mentira de que el golpe separatista no fue violento<\/big><\/p>\n<p>Para empezar, <strong>el auto empieza haciendo unas consideraciones importantes sobre el matiz de violencia que distingue a dos de los tipos penales de los que est\u00e1 acusada Forcadell: la rebeli\u00f3n<\/strong> (plasmado en el Art\u00edculo 472 y siguientes del C\u00f3digo Penal, y que podr\u00eda acarrearle a Forcadell hasta 25 a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n para cargo p\u00fablico, dado su papel de liderazgo) <strong>y la sedici\u00f3n<\/strong> (Art. 544 y siguientes, que podr\u00edan acarrearle hasta 15 a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n). A este respecto, <strong>el auto expone lo que han alegado los abogados de los acusados<\/strong> (ver p\u00e1gina 14)<\/p>\n<blockquote><p><em>\"<strong>Las defensas sostienen, en esencia, que el hacer de los querellados y de quienes compart\u00edan responsabilidades con ellos, nunca ha buscado actuaciones violentas<\/strong>, llamando expresamente a que cualquier movilizaci\u00f3n p\u00fablica discurriera de manera completamente pac\u00edfica. <strong>Defienden as\u00ed que no concurre la violencia que el tipo penal exige<\/strong>, por m\u00e1s que su voluntad estuviera encaminada a la consecuci\u00f3n de la independencia de la Comunidad Aut\u00f3noma de Catalu\u00f1a.\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p>Pero al juez no parece haberle convencido esa argumentaci\u00f3n. A rengl\u00f3n seguido, <strong>esto es lo que replica el magistrado:<\/strong><\/p>\n<blockquote><p><em>\"<strong>Nuestro c\u00f3digo penal exige para el delito de rebeli\u00f3n, de un alzamiento violento y p\u00fablico.<\/strong> La esencia del il\u00edcito es, por tanto, un levantamiento p\u00fablico, siempre que sea colectivo y violento. Por lo que, como se ha recogido en opiniones bien divulgadas, el art\u00edculo excluye de relevancia penal a aquellos casos -\u00ednsitos en una sana vida en democracia- en los que la movilizaci\u00f3n ciudadana es mera manifestaci\u00f3n de una ideolog\u00eda, por m\u00e1s que conduzca a reclamaciones, exigencias o, incluso, protestas contra las actuaciones o los planteamientos que la desatienden.<\/p>\n<p><strong>Pero eso no quiere decir que para que el alzamiento p\u00fablico sea violento, resulte exigible que incorpore hechos lesivos o da\u00f1osos contra personas o bienes, sino que se manifiesta tambi\u00e9n el alzamiento violento cuando integra la ostentaci\u00f3n de una fuerza y se muestra la disposici\u00f3n a usarla.<\/strong> Y es precisamente esta primaria concepci\u00f3n, la que hace que el c\u00f3digo penal contemple que,<strong> si el alzamiento violento y p\u00fablico, se integra adem\u00e1s por esgrimir armas o por realizar combates, trasciende el tipo b\u00e1sico del delito de rebeli\u00f3n <\/strong>y justifica una modalidad comisiva agravada.\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p>Para quien no lo haya entendido: lo que dice el juez es que aunque no hablemos -por ejemplo- de un hecho como <a href=\"http:\/\/www.outono.net\/elentir\/2017\/10\/17\/presos-politicos-no-presos-por-acosar-a-la-guardia-civil-y-destrozar-tres-de-sus-vehiculos\/\">el destrozo tres veh\u00edculos de la Guardia Civil<\/a> o la agresi\u00f3n a personas, <strong>el hecho de hacer ostentaci\u00f3n de la fuerza ya hace que incurras en el delito de rebeli\u00f3n.<\/strong> Y a continuaci\u00f3n el juez lo deja a\u00fan m\u00e1s claro (p\u00e1gina 15):<\/p>\n<blockquote><p><em>\"Se entiende as\u00ed que <strong>el alzamiento es violento, cuando el levantamiento se orienta de modo inequ\u00edvoco a intimidar a los poderes legalmente constituidos<\/strong>, bien mediante el ejercicio activo de una fuerza incluso incruenta, bien mediante la exteriorizaci\u00f3n publica y patente de estarse dispuesto a su utilizaci\u00f3n, por existir una determinaci\u00f3n de alcanzar \u201ca todo trance\u201d, los fines que contempla el art\u00edculo 472 del C\u00f3digo Penal. <strong>Es esta singularidad la que integra el alzamiento violento<\/strong> y p\u00fablico que analizamos, alej\u00e1ndose as\u00ed, bien claramente, de las manifestaciones y reclamaciones colectivas inherentes a los sistemas democr\u00e1ticos y constitucionales actuales.\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p>Con esta argumentaci\u00f3n <strong>el juez echa por tierra una de las mentiras m\u00e1s repetidas por los separaristas: la de que su golpe no fue violento.<\/strong> S\u00ed que lo fue, pero no s\u00f3lo por destrozar tres veh\u00edculos de la Benem\u00e9rita, o por agredir a agentes de la ley el d\u00eda del refer\u00e9ndum ilegal, sino tambi\u00e9n por hacer ostentaci\u00f3n de esa fuerza. Pero la cosa no se acab\u00f3 ah\u00ed.<\/p>\n<p><big>El juez cita los ejemplos de violencia del golpe separatista<\/big><\/p>\n<p>En la p\u00e1gina 16 <strong>el juez se\u00f1ala que <em>\"la querella destaca los numerosos vestigios que existen de que se infiltraron muchos comportamientos agresivos\"<\/em><\/strong>, y pone algunos ejemplos:<\/p>\n<blockquote><p><em>\"La ocupaci\u00f3n organizada de calles por centenares de tractores; incluyendo <strong>el bloqueo del edificio de la Delegaci\u00f3n del Gobierno de Catalu\u00f1a; el asedio de edificios pertenecientes a la Administraci\u00f3n del Estado; el aislamiento de agentes o de la comisi\u00f3n judicial<\/strong> que realiz\u00f3 el registro de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda; el impedimento por numerosos individuos de que se realizara en registro en la entidad Unipost;<strong> el asedio de los hoteles donde se alojaban los integrantes de las fuerzas del orden; los cortes de carreteras y barricadas de fuego; las amenazas a los empresarios<\/strong> que prestaran soporte a los servicios del Estado; o algunas de las murallas humanas que defend\u00edan de manera activa los centros de votaci\u00f3n, haciendo en ocasiones recular a las cuerpos policiales, o forzando a estos a emplear una fuerza que hubiera resultado innecesario de otro modo; son una clara y plural expresi\u00f3n de esta violencia. Como lo son tambi\u00e9n las barricadas que se levantaron para proteger esos mismos centros de votaci\u00f3n; o<strong> el apedreamiento de algunos veh\u00edculos policiales, o incluso la destrucci\u00f3n total y vand\u00e1lica de varios autom\u00f3viles de la dotaci\u00f3n policial.<\/strong>\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p>Lo que enumera el magistrado no son hechos aislados y que hayan pasado desapercibidos: <strong>todos lo hemos visto, a veces incluso en directo, a trav\u00e9s de los medios.<\/strong> As\u00ed pues, negar que este golpe ha sido violento no s\u00f3lo es una mentira, sino tambi\u00e9n un gesto de absoluto cinismo. Adem\u00e1s, <strong>el juez se\u00f1ala que esos hechos violentos <em>\"fueron conscientemente instrumentalizados para la obtenci\u00f3n de la secesi\u00f3n, desde varios par\u00e1metros\"<\/em><\/strong>, y concretamente apunta: <em>\"aunque todos los investigados han declarado hoy que no presenciaron ning\u00fan acto violento, <strong>s\u00ed admiten haber visto reflejados en los medios, alguno de los hechos anteriormente expuestos, sin que modificaran su comportamiento posterior con respecto al proceso de independencia.<\/strong>\"<\/em> Y adem\u00e1s expone la instrumentalizaci\u00f3n pol\u00edtica que el separatismo hizo de esos actos de violencia (p\u00e1gina 17):<\/p>\n<blockquote><p><em>\"En estas condiciones, <strong>no est\u00e1 carente de fundamento la pretensi\u00f3n acusatoria de que los promotores de la independencia podr\u00edan haberse servido de estos puntuales focos violentos<\/strong>, y de una movilizaci\u00f3n decida y pac\u00edfica mucho mayor, <strong>para exhibir los movimientos populares como la espoleta de una eventual explosi\u00f3n social que ellos pod\u00edan modular<\/strong> y, por tanto, como la violencia coactiva para la consecuci\u00f3n de sus fines.\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p><big>Podr\u00edan caerles hasta 30 a\u00f1os de prisi\u00f3n por un delito de rebeli\u00f3n con malversaci\u00f3n<\/big><\/p>\n<p>Otro de los delitos castigados con penas de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n de los que se acusa a Forcadell y a los miembros de la mesa del Parlamento de Catalu\u00f1a es el delito de malversaci\u00f3n de fondos p\u00fablicos (Art\u00edculo 432 y siguientes del C\u00f3digo Penal). <strong>El juez expone as\u00ed la comisi\u00f3n de ese delito por los acusados:<\/strong> <em>\"el posible <strong>compromiso de fondos p\u00fablicos en actuaciones que el Tribunal Constitucional ya hab\u00eda declarado contrarias a la Constituci\u00f3n, y eran por ello ajenas a la funci\u00f3n p\u00fablica que los querellados ten\u00edan encomendada<\/strong>, muestra la eventual concurrencia del subtipo agravado de rebeli\u00f3n del art\u00edculo 473.2 del CP o -en su defecto- la posible comisi\u00f3n de un delito de malversaci\u00f3n de caudales p\u00fablicos del art\u00edculo 432 CP, en relaci\u00f3n con el art\u00edculo 252.1 del mismo texto punitivo.\"<\/em> Para que nos hagamos una idea, <strong>si se les considera culpables del subtipo agravado de rebeli\u00f3n tipificado en el Art. 473.2, podr\u00edan caerles de 25 a 30 a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/strong> A lo mejor algunos de los acusados empezaron a ponerse blanco en este momento, si ya no lo estaban antes.<\/p>\n<p><big>El juez se\u00f1ala el papel de liderazgo de Carme Forcadell en el golpe separatista<\/big><\/p>\n<p>Sobre la expresidenta del Parlamento catal\u00e1n, el juez Llarena advierte (p\u00e1gina 20):<em> \"<strong>debe destacarse que la investigada D\u00f1a. Carme Forcadell i Lluis presenta -en estrictos t\u00e9rminos de instrucci\u00f3n- una actuaci\u00f3n principal en los hechos que se investigan<\/strong>, tanto por su intervenci\u00f3n medular durante todo el largo proceso que contemplamos, como por la intensa repercusi\u00f3n que su propio liderazgo ha tenido en cada uno de estos periodos.\"<\/em> En la p\u00e1gina siguiente el magistrado lo desarrolla con m\u00e1s claridad, y explica el motivo por el que ha dado un trato m\u00e1s severo a Forcadell respecto del resto de acusados:<\/p>\n<blockquote><p><em>\"Si consideramos su actuaci\u00f3n sucesiva, <strong>la investigada ostent\u00f3 primero la presidencia de la Asamblea Nacional Catalana, desde cuyo mandato perfil\u00f3, asumi\u00f3, y comprometi\u00f3, una hoja de ruta que pasaba por la concienciaci\u00f3n y movilizaci\u00f3n colectiva<\/strong> cuya instrumentaci\u00f3n se analiza. Una actuaci\u00f3n esencial, que vino seguida por su presidencia del Parlament de Catalunya, en la que se perfil\u00f3 el m\u00e9todo que se iba a seguir para declarar la independencia, y que <strong>aport\u00f3 el aparente soporte legislativo que el proyecto necesitaba, fundamentalmente, las Leyes del refer\u00e9ndum y de desconexi\u00f3n, que condujeron a la declaraci\u00f3n de independencia<\/strong>, y que hubieran conducido a la convocatoria de unas elecciones constituyentes de no haberse autorizado por el Senado y aplicado por el Gobierno, las medidas que permitieron placar el objetivo secesionista.<\/p>\n<p>Pero <strong>su principalidad viene tambi\u00e9n marcada porque el liderazgo que ha ostentado en cada una de las fases del proceso<\/strong>, aporta a sus iniciativas una trascendencia social, administrativa e institucional, que no es comparable con la que puede atribuirse a la mayor parte del resto de part\u00edcipes. La antijuricidad inherente a esta posici\u00f3n principal, se contempla por el legislador desde la agravaci\u00f3n punitiva que recoge el art\u00edculo 473 del C\u00f3digo Penal para el delito de rebeli\u00f3n, o el art\u00edculo 545 en la eventualidad de que resultara finalmente procedente ajustar la calificaci\u00f3n penal de los hechos a la figura delictiva de la sedici\u00f3n, pero, en todo caso, <strong>potencia el riesgo de ocultarse o sustraerse a la acci\u00f3n de la Justicia respecto del que puede observarse para el resto de querellados<\/strong>, quienes, pese a presentar una intervenci\u00f3n que no puede calificarse como menor o de meros participantes, s\u00ed se sit\u00faa claramente en un nivel inferior de reproche. Un riesgo de ocultaci\u00f3n que, por lo concreto (STC 47\/2000, de 17 de febrero entre otras), no resulta de una aplicaci\u00f3n autom\u00e1tica de la gravedad de los hechos, sino que se ajusta coherentemente con la circunstancia de que<strong> los investigados han mostrado una determinaci\u00f3n suficientemente contumaz, que ha desatendido todas las decisiones judiciales que se les han dirigido, no reconociendo la autoridad jurisdiccional del Estado<\/strong>.\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p>Llegados a este punto, <strong>los acusados, especialmente Forcadell, ya debieron darse cuenta de que las ligerezas que se tomaron con el golpe les han situado ante un oscur\u00edsimo horizonte penal<\/strong>. Y en esto llegamos al final de esta entrada, donde lo interesante del auto ya se torna casi c\u00f3mico.<\/p>\n<p><big>Forcadell y los dem\u00e1s acusados dicen que dejan la pol\u00edtica o se hacen constitucionalistas<\/big><\/p>\n<p>En la p\u00e1gina 22 del auto, al abordar el riesgo de que los acusados vuelvan a incurrir en el comportamiento que les ha llevado a sentarse en el banquillo, el juez Llarena se\u00f1ala lo siguiente: <em>\"todos los querellados, no es que hayan asumido la intervenci\u00f3n derivada de la aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 155 de la CE, sino que<strong> han manifestado que, o bien renuncian a la actividad pol\u00edtica futura o, los que desean seguir ejerci\u00e9ndola, lo har\u00e1n renunciando a cualquier actuaci\u00f3n fuera del marco constitucional.<\/strong>\"<\/em><\/p>\n<p>Por supuesto, <strong>el juez no es idiota y sabe que le pueden estar mintiendo<\/strong>, y por ello advierte:<\/p>\n<blockquote><p><em>\"No se escapa que <strong>las afirmaciones de todos ellos pueden ser mendaces<\/strong>, en todo caso, han de ser valoradas en lo que contienen, sin perjuicio de poderse <strong>modificar las medidas cautelares si se evidenciara un retorno a la actuaci\u00f3n ilegal que se investiga.<\/strong>\"<\/em><\/p><\/blockquote>\n<p>Es decir, que <strong>si han mentido ante el juez y luego en la calle vuelven a las andadas<\/strong> -en caso de pagar las fianzas necesarias para quedar en libertad-, <strong>podr\u00edan volver a prisi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p><big>Un golpe de cobardes<\/big><\/p>\n<p>Hay que recordar que <a href=\"http:\/\/www.abc.es\/espana\/abci-cuando-forcadell-decia-no-daria-paso-atras-201711091736_noticia.html\">hace tres semanas Forcadell lanz\u00f3 una consigna solemne: \"Ni un paso atr\u00e1s\"<\/a>. Sin embargo, ha bastado esta comparecencia ante el juez y la perspectiva de una larga estancia en prisi\u00f3n para <strong>acabar renegando del proceso separatista tras embarcar en \u00e9l a muchos catalanes, sirvi\u00e9ndose de su condici\u00f3n de autoridad<\/strong>. Me pregunto la cara que se les habr\u00e1 quedado a las personas de las bases separatistas al ver que sus dirigentes o se fugan a B\u00e9lgica o reniegan del proceso. Sin duda alguna, <strong>este golpe separatista merece pasar a la historia como \"el golpe de los cobardes\"<\/strong>, y ya no s\u00f3lo por la actitud de sus dirigentes, sino tambi\u00e9n por hechos como <a href=\"http:\/\/www.heraldo.es\/noticias\/nacional\/2017\/10\/01\/la-guardia-civil-protege-nino-que-estaba-con-padre-entre-los-manifestantes-1199576-305.html\">un padre separatista usando a su hijo como escudo humano ante la Guardia Civil<\/a> -cuyos agentes protegieron al ni\u00f1o- o <a href=\"http:\/\/www.libertaddigital.com\/espana\/2017-11-08\/los-escudos-humanos-de-los-comites-de-defensa-de-la-republica-1276608806\/\">el uso de beb\u00e9s y ni\u00f1os peque\u00f1os para bloquear carreteras<\/a>, como ocurri\u00f3 en la huelga separatista de anteayer.<strong> Ya es dif\u00edcil caer m\u00e1s bajo...<\/strong><\/p>\n<p>---<\/p>\n<p><small>(Foto: Efe)<\/small><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una costumbre que tengo en este blog es ofreceros, siempre que puedo, un acceso a las fuentes originales de los hechos que comento. 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