Se publican emails privados del Duque de Palma sin ninguna relevancia judicial

Urdangarín y su burla a Aznar: ¿aún existe el derecho a la privacidad?

Hoy es noticia en la mayoría de los medios españoles que Urdangarín se burlaba de Aznar en correos privados dirigidos a su esposa. La noticia me ha dejado pasmado, pero no por lo que apuntan casi todos los medios.

Urdangarín y la justicia paralela

Lo que me pasma es que comentarios así hechos por un individuo a su mujer en un email privado puedan hacerse públicos y ser noticia. Entiendo que emails con relevancia penal se incluyan en el sumario contra el Duque de Palma -ya me cuesta entender que alguien los filtre alegremente a la prensa-, pero ¿qué relevancia judicial tiene un email en el que él se burla del expresidente del gobierno? Creo que aquí lo de menos es la simpatía que uno tenga por Aznar o por Urdangarín. Tal como está el patio, a lo mejor esto que voy a recordar hace que alguno se moleste conmigo, pero al leer esas noticias me he acordado del Artículo 18 de la Constitución:

"Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen."

"Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial."

"La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos."

Ciertamente, el Duque de Palma es un personaje público, pero eso no significa que carezca de derecho a la privacidad, ni que se puedan difundir tan alegremente emails privados enviados a su mujer, emails que no tienen ninguna relevancia penal.

Que los juzgados filtren emails a la prensa -desconozco si ha sido lo ocurrido en este caso- es algo muy grave, pero también es grave que los medios accedan a publicar comunicaciones privadas como ésas, vulnerando un derecho fundamental. Me alarma que casi nadie señale esto y que se considere normal que los medios publiquen algo así. El año pasado ya señalé aquí lo próximos que están ciertos juicios paralelos a los linchamientos de toda la vida. Yo no simpatizo con la monarquía española ni con la monarquía en general, aunque menos simpatizo aún con el espectáculo liberticida instaurado en España en 1931. Pero haya monarquía o república -tal como está la situación en España, el modelo de Estado es lo que menos me preocupa-, no creo en el "todo vale" para alcanzar objetivos políticos, sociales o en cualquier otro aspecto de la vida.

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Comentarios:

  1. Es lo que ocurre cuando se abre la veda de las personas.

  2. Elentir, disiento del enfoque que plasmas acerca del tema, porque –según la información que leo– los mensajes se enviaron desde cuentas de correo corporativas, no desde cuentas e-mail personales. Es decir, direcciones e-mail de la Casa Real, la Fundación la Caixa y el Instituto Noos. Por tanto no son mensajes privados, sino corporativos.
    Sé que muchas personas emplean el e-mail de la empresa (en la que están contratadas) para asuntos privados, pero es un error. La cuenta corporativa no es de la persona, sino de la organización, y sólo debe usarse para tareas, comunicaciones y gestiones relativas a la representación o el cargo ejercido en la compañía o fundación. Urdangarín debía mandar correos privados a través de un hotmail, gmail o un «urdanga.com» que él se pagara de su bolsillo.

    Sí creo que estos mensajes son relevantes, porque indican el bajo nivel de profesionalidad con que Urdangarín ejercía sus tareas de representación.

    En otras palabras; siempre que una persona usa e-mails corporativos, ha de asumir que la cuenta no es suya, y por tanto ha de evitar usarlas para temas no relacionados con la actividad para la que se la ha contratado. Al dejar de colaborar o trabajar para una compañía, los reponsables de la organización pueden revisar todo el contenido de los e-mails. Y me parece que hay sentencias judiciales que lo ratifican. Me parece…

  3. El Mundo dice que los mensajes se los enviaron entre sí los Duques de Palma «utilizando sus correos profesionales en el Instituto Nóos y en la fundación La Caixa». No habla de cuentas corporativas. El Tribunal Supremo ya sentó jurisprudencia al respecto considerando ilegal espiar el correo de los empleados:

    http://www.expansion.com/2007/10/24/juridico/1049656.html

    De todas formas, incluso aunque hubiesen usado cuentas corporativas, esas cuentas también están protegidas por el derecho a la privacidad. El Mundo no cita el origen de esos emails, y dudo mucho que los haya publicado el Instituto Nóos o la Fundación La Caixa. ¿Quién se está dedicando a publicar emails privados sin ninguna relevancia penal?

  4. Elentir, los «correos profesionales en el Instituto Nóos y en la fundación La Caixa» son cuentas corporativas. Es lo mismo. Si mañana un empleado de la Caixa con su correo «@lacaixa.es» me manda algo que no tiene nada que ver con su trabajo, estará haciendo un mal uso de su cuenta corporativa.
    Copio y pego del enlace que facilitas:

    Por otra parte, los jueces sí han justificado el despido de un trabajador por enviar correos electrónicos con contenidos “humorísticos, sexistas e incluso obscenos” a otros empleados de la empresa, como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
    (…)
    Bajo ciertas condiciones, el registro del e-mail profesional por parte de la empresa está autorizado, como demuestra la reciente sentencia del Tribunal Supremo

    Y aquí dejo otros enlaces:
    http://www.diariojuridico.com/opinion/el-supremo-admite-que-la-empresa-controle-el-uso-del-ordenador-por-sus-trabajadores-aun-cuando-acceda-a-informacion-privada.html
    http://elpais.com/elpais/2013/03/26/opinion/1364323529_089635.html

    Copio y pego del primero:
    El razonamiento jurídico explicaba que las nuevas tecnologías son herramientas de trabajo y no efectos personales del empleado, y por ello se encuentran bajo el ámbito controlable por la empresa sin ser equiparables a efectos personales del empleado.
    Eso sí: se advierte que la clave está en que la empresa comunica al empleado esas condiciones de modo explícito.

  5. José María, estás confundiendo que una empresa registre un email profesional con el hecho de que un medio publique ese email privado. Si esos emails han sido difundidos por las empresas, ¿dónde lo dicen los medios que los han publicado?

  6. No, no lo confundo, Elentir 🙂 y gracias por el matiz.
    Me parece que no he entrado en el tema de la publicación de esos mensajes en los medios… porque eso nos lleva a otra cuestión: ¿por qué el secreto judicial no existe, de hecho, en España? Me he centrado en la consideración acerca de si los mensajes son «privados», y yo creo que no, porque no se han empleado medios privados.
    Resumiendo: no veo problema en que Torres pase todos los correos que tenga al juez, siempre que sean cuentas corporativas. Es decir, mensajes enviados desde cuentas del «institutonoos.org» o «casareal.es», por ejemplo. El motivo de Torres puede ser muy variado… pero al menos sirve para analizar hasta qué punto Urdangarín era un tipo «profesional» o más bien un chapucero y un jeta.
    Es algo parecido al caso de un ministro que, con nuestro dinero, usase el coche oficial para montar juergas, o tirase de la Visa del Ministerio para sus placeres y vicios. No habría que llegar al detalle escabroso del vicio, pero sí dejar claro el mal uso de un dinero que no era suyo.

    Los medios deben andarse con cuidado, porque ellos no son la empresa dueña o titular de las cuentas de e-mail, y porque no deben publicar contenidos de secreto sumarial. Aunque esta es ya una costumbre a la que El País o El Mundo son muy aficionados.
    Con todo, he de decir que he leído en ElConfidencial algo me he dejado de piedra…

  7. Informatico

    estimado Elentir, despues de un tiempo siguiendote es la 1a vez que opino. Jose Maria tiene razon, no te olvides que un email corpotaivo siempre pertenece a la empresa, exactamente igual que cuando en el siglo XIX el propietario ponia el las herramientas para que los trabajadores las usasen para la produccion. En el momento que la empresa crea un email CORPORATIVO para un trabajador de su empresa le da la herramienta o confianza para que en su trabaja el trabajador represente a la empresa. ejemplo; nunca será lo mismo fulanito@corporación.com que [email protected] porque el corporativo.com implica el nombre de la empresa, es una especie de poder que se dá y se retira. Que pensarias tu de un operario que se lleva las herramientas de la empresa, , «la hilti», para que lo entiendas, para sus ñaspas de fuera de la empresa,fuera de horario laboral, esto,cae por su propio peso tiene muchos nombres y ninguno bueno. la privacidad es algo que fuera del ambito personal no tiene cabida en el mundo empresarial, si se quiere privacidad que el trabajador ponga la herramienta y la cuenta, anali<aa entonces la relacion entre propiedad y privacidad, para que algo sea privado, antes debe ser propio, como los cotos de caza, nos ¿entendemos?

    Un saludo.

    PD este correo no te lo enviado desde mi cuenta privada, si no desde la de MI empresa, que no mia.

  8. Insisto: ¿cómo se puede justificar que un medio difunda correos privados entre un marido y su esposa, correos que no tienen ninguna relevancia penal?

    ¿Os dais cuenta de lo que significa aceptar eso, y de las consecuencias que puede tener si esa costumbre se extiende en los medios?

  9. Porque no son correos «privados», dado que se han enviado con cuentas de correo de organizaciones como la Fundación la Caixa o la Casa Real. Tampoco son «privadas» las conversaciones en un despacho del Congreso de los Diputados, aunque muchas sean secretas e inconfesables. Para la privacidad, a casita o a montar algo con el propio dinero.
    Los mensajes –te lo concedo– sí que «afectan a su privacidad e intimidad», en especial a otros temas que no hace falta comentar ahora. Pero la culpa es del propio Urdangarín, que ha abusado de unos cargos que, evidentemente, le quedaban muy grandes.
    El problema está en que muchos miembros de la Casa Real (y de casi todas las demás instituciones del Estado) han pensado que había barra libre. Han mezclado lo privado con su responsabilidad institucional, y ya ni tenían conciencia de dónde empezaba lo uno y terminaba lo otro.
    Ojo, que la demanda de Urdangarin contra varios medios por esta cuestión que debatimos sólo reclama 1 euro de indemnización… A ver cómo acaba el tema judicial de esta demanda.
    ¿Qué habría hecho yo, de ser el redactor o director de los medios que han publicado esos mensajes? No lo sé.

  10. ¿No son privados unos correos que intercambia un marido con su mujer por el mero hecho de hacerlo con un correo corporativo? Y según esa premisa, ¿tiene derecho a publicarlos un periódico? Pero bueno, ¿qué barbaridad es ésa? ¿Qué clase de cosas estamos admitiendo en esta sociedad?

  11. Sobre si son corporativos o privados: «La Caixa» no pertenece a la función pública, el Instituto Noos, tampoco. Considerando la corporatividad, me huelo que puede entenderse como propiedad de unas empresas. Suya es, que no de los periodistas ni de los periódicos. Tampoco de todos los españoles, por lo que no tendríamos que andar leyendo lo que se escriba esta gente entre ellos.

    No comprendo que la corporatividad dé derecho a la publicación de correspondencia personal por cuanto conculca muy fácilmente el derecho a la privacidad y en este caso, el derecho al honor. Estas dos infracciones serían cometidas por las empresas mencionadas, aun cuando tuvieran pleno derecho a publicar todo lo que en los correos electrónicos se contenga. Y creo que es muy cuestionable este derecho. La correspondencia postal es privada y poco menos que sagrada, ¿Por qué no lo es la electrónica? Mientras un cartero puede ir a la cárcel por abrir un sobre que no va a su nombre, queda impune la divulgación cuando se hace por internet, esto es absurdo. Aunque lo de internet ha estado mal planteado desde el principio. Por la cara, quien ponga su foto en el feisbuc se puede encontrar al día siguiente con que está anunciando condones, sin siquiera saberlo y sin poder reclamar.

    Si ha habido un jaqueo, una filtración, un submarino o espionaje puro y duro, puede que cambie el autor, pero lo único que sucede es que incrementa los delitos.

    Por otra parte, me parece que el uso de estos mensajes cuando se está en un proceso judicial va muy en contra del estado de derecho, por cuanto puede influir en la opinión pública y ésta presionar en uno u otro sentido, o al menos, verse las partes presionadas.

  12. Luna, te explico la diferencia entre comunicaciones corporativas y privadas.

    Si tú mandas un mail con tu cuenta @yahoo a un familiar, es un mensaje privado. Lo mismo cuando mandas una carta postal de domicilio particular a domicilio particular.

    Pero si mandas un mail con la cuenta de tu empresa (y tú eres una empleada), entonces el mensaje es corporativo (sea cual sea el contenido, que es responsabilidad tuya), y por tanto la empresa tiene perfecto derecho a leerlo, almancenarlo y hacer lo que quiera. Incluso puede denunciarte, si has usado de manera inadecuada o maliciosa esa comunicación corporativa.

    A partir de aquí, vienen los casos particulares. Si mandas con tu cuenta corporativa un mensaje de tu intimidad sexual, la empresa te puede despedir y, dado el caso, pedir una indemnización. Pero, por lo general, no podrá difundir públicamente o al resto de los empleados el contenido de ese mensaje.

    Lo importante: si usas un correo de la empresa (corporativo) NO es un mensaje privado. Si quieres mandar cosas privadas, usa el teléfono que pagas de tu bolsillo o una cuenta privada de e-mail, pero no uses medios de la empresa, aunque sea una fea costumbre muy extendida en España.

    Sobre la Caixa. Era una Caja de Ahorros, y ahora es un banco. Y todos los accionistas, todos los directivos y todos los que tenemos cuenta corriente en la entidad tenemos absoluto derecho a saber qué demonios hacía Urdangarín con NUESTRO dinero.

  13. La privacidad y mail no son dos cosas que puedan ir juntas. Tan pronto como envías un mail, queda a voluntad del receptor el hacerlo público o no. Y muchas veces, sobre todo en las empresas, los mails se envían con copia a alguien o con copia oculta, con lo cual hay más receptores que pueden hacer público dicho contenido.

    Si envías una foto burlándote de alguien, pues no pasa nada. Aunque si incluiste una copia a tu socio en la empresa, y luego acabáis enemistados, y por supuesto que la ley (por el momento) sí que permite que uno de los receptores publique dicho contenido.

    Lo que ignoro es si Urdan se lo envió únicamente a su mujer. Y si ese fuera el caso, cómo es que su ex-socio tiene esos contenidos. Y por supuesto, que los puede tener también de forma lícita si hacía copia de seguridad de los datos del servidor (cosa muy común en las empresas), pero otra cosa es que sea legal que los filtre. Aunque muchas veces, las filtraciones a la prensa en un juicio no vienen de los acusados, ni de sus abogados, sino de las acusaciones particulares y pocas veces de los funcionarios que trabajan en ese caso.

  14. José María, das por hecho que esos emails los ha publicado la empresa. ¿Me puedes señalar dónde se ha publicado tal cosa?

    Y en cuanto a la Caixa, podrás ser cliente, accionista o lo que quieras, pero eso no te da «derecho» alguno a conocer el contenido de las comunicaciones entre empleados.

    En fin, me parece alucinante tener que explicar cosas tan básicas.

  15. pacococo

    Interesante debate jurídico, pero según entendí no eran correos eran mensajes de movil. Pero es igual, lo privado debe ser privado.

    Yo señalaría unas cosillas.

    Estamos en plena temporada de caza a la familia real, como si mañana se fuera a plantear la república y hubiera que dasprestigiar por cualquier medio a la institución.

    La reina es la única persona inteligente de esa familia, apenas sabemos de su vida privada, sólo conocemos su imagen institucional. No todo el mundo sabe que residen normalmente en Londres y que toma un vuelo regular cuando tiene algún acto oficial.

    Los demás no hacen otra cosa que meter la pata. Por ejemplo, los mensajes. Un miembro de la familia real no puede criticar al presidente de gobierno en ejercicio, ni a ningún político, porque, entre otras cosas, ellos no los votan. Y ya se sabe que no hay tan secreto que no acabe gritándose desde las azoteas. Por tanto, si querían reir a costa de Aznar o de quien sea, se hacen confidencias en el hogar, donde los servicios correspondientes garantizan la intimidad, pero ni internet ni los teléfonos garantizan nada.

    Pero esta familia diríase que nos consideran su finca privada o bien alguien ha garantizado que habrá república en determinada fecha y por tanto no merece la pena disimular.

  16. Elentir, no estoy entrando en la publicación de los mails, sino en la consideración de que los mails de Urdangarín, al mandarlos como «casareal.es» o «lacaixa.es», no son «privados», sino que pertenecen a la institución. Y por tanto, los responsables, dueños, etc. de esas instituciones tienen derecho a conocer el buen o mal uso que Urdangarín ha hecho de esas vías de comunicación.
    No es la privacidad del hogar, ni mucho menos.

  17. Pongamos otro caso.
    Imaginemos que el ministro de Defensa manda un mail (desde su cuenta del Ministerio, claro) al secretario de Defensa de EEUU. Sea cual sea el contenido de ese mail, el Presidente tiene derecho a leerlo y guardarlo. Porque es el jefe.
    Dado que la cuenta e-mail del Ministerio debe usarse sólo para temas relativos al cargo, se sobreentiende que no hay nada relativo a la «privacidad», sino, en todo caso, a la seguridad del Estado y el secreto oficial.
    ¿Y si el ministro envía un vídeo subido de tono de una aventurita que ha tenido? Pues el Presidente puede echar al ministro ipso facto con una patada muy bien dada… y tiene derecho quedarse con el vídeo, porque es el mismo ministro el que ha «cedido» el vídeo al Ministerio. Aunque, en un principio, el Presidente no debe publicar el vídeo. Pero sí que sería bueno que informara a los españoles acerca del mal uso que el ministro ha hecho del cargo.

  18. ¿Estás comparando emails privados entre un marido y su mujer con un email entre un ministro español y uno estadounidense? 😯

    En fin, esto ya es surrealista.

    Y lo más surrealista de todo es que esa apelación contra el derecho a la privacidad la haces sin que los propios medios que han publicado esos emails hayan dicho como los consiguieron. Vamos, que según tú, ante la duda, bien está publicar una conversación privada entre un matrimonio, conversación sin ninguna relevancia judicial.

    Y luego nos quejaremos de que en España se pisotean los derechos fundamentales, claro.

  19. Chácaras

    Vaya en vez de tomar ejemplo de lo que es respetar a España y trabajar por ella, este avenido se atreve a burlarse de una persona a la que no le llega a la altura de sus zapatos, me gustaría saber su la casa real apoya a este supuesto delincuente, que manipulo la legalidad para robarnos a todos los españoles usando su parentesco. Al parecer su esposa está conforme con su actitud por que admite los correos y quizás incluso se los contesta, bonita actitud de una infanta de España, es para llorar lo que se viene viendo con esta familia en los últimos tiempos, que hecha por tierra los logros de D. Juan Carlos en pro de España en tiempos pasados que todos conocemos y le agradecemos, pero algunos de sus vástagos por lo que se ve tratan de echar por tierra el amor del pueblo español por su REY, sumadas algunas cosillas que nuestro monarca a puesto de su parte para animarlo.

  20. La conclusión que saco de todas estas historias es que, habiendo periodistas, nos podemos ahorrar los jueces.
    Menos gasto público y menor déficit.

  21. Elentir, repito que, ante el tema de la publicación en los medios, me he abstenido de comentar nada. Pero no acepto que esos mails sean considerados como «mails privados entre un marido y su esposa». Nada de eso: son mails de un empleado a una empleada –y no se han enviado desde cuentas de gmail, precisamente–, y por tanto no tienen nada de «privados». Creo que Torres está en su perfecto derecho, si así lo estima, de aportarlos a la causa judicial. Por eso los comparo con los mails de un ministro o de un empleado de cualquier empresa. De eso es de lo que hablo.

  22. La privacidad –que es un concepto moderno, desconocido para los clásicos– hace referencia a un ámbito y es evidente que las herramientas de comunicación corporativa no son ese ámbito. Ese ámbito es el hogar, por ejemplo.

  23. «Sobre la Caixa. Era una Caja de Ahorros, y ahora es un banco. Y todos los accionistas, todos los directivos y todos los que tenemos cuenta corriente en la entidad tenemos absoluto derecho a saber qué demonios hacía Urdangarín con NUESTRO dinero.» (Dice José María).

    Yo voy más allá: También tienen derecho a saberlo el resto de españoles que no sean clientes de esta institución. Hasta aquí, todo muy bien, pero pasan dos cosas: La primera, que está todavía por esclarecer y probar, por lo que se habrían de evitar rumores, conjeturas y demás.

    La segunda, que la publicación de estas chorradas no tiene nada que ver con el dinero ni nos informa de dónde está escondido, para quienes queramos ir a recuperarlo o sintamos simple curiosidad. Como ya decía Elentir en la entrada, el contenido es completamente extrajudicial.

    Entre despedirte y publicar tus mensajes hay mucha diferencia. Con tu explicación sobre lo que es un mensaje corporativo no has añadido nada nuevo, pero no defines el contexto legal que otorga potestad a unos para darlo en publicación y a otros para publicarlo.

    Por cierto, la mayoría de mis clientes son arquitectos y me envían sus correos desde @coac.tal (Colegio de arquitectos de Cataluña. Yo les respondo allí con mis presupuestos, que pueden estar concursando. ¿Crees que el COAC puede publicar mi nombre y estas cifras, que han de permanecer en secreto por normas concursales?

  24. Luna, los mensaje de coac.tal no son mensajes «privados, personales», pero sí son mensajes confidenciales, porque afectan a la propia entidad, a la organización. Es decir, afectan a la confidencialidad propia de una relación profesional, pero no tienen nada que ver sobre la intimidad personal. Eso es lo de que yo hablo. Ojo, pero dado el caso, pueden remitirse a un juez.
    Insisto en que no he dicho nada sobre la publicación en los medios de esos mensajes, sólo he dicho que, en tanto que son mails enviados en un ámbito profesional, Torres puede acceder a esos correos y, si lo considera conveniente, remitirlos al juez. Al juez; no he dicho a los medios.
    Llegados a este punto, la explicación (que podemos compartir o criticar) de Torres es la siguiente:
    – Él ha planteado un relato de hechos al juez. Por ejemplo, el día X Urdangarín estaba en Barcelona, el día Y en Andorra, el día Z en Madrid, mientras que el propio Torres esos días estaba en tal o cual sitio, con tal o cual persona.
    – Para demostrar al juez que esos datos son correctos, Torres facilita al juez mails de Urdangarín en los que dice: «Hoy día X estoy en Barcelona; hoy día Y estoy en Andorra; ayer día Y qué bien lo pasé en Andorra con Fulanito…»
    – Torres facilita los mails tal cual, sin añadir ni quitar nada, sin «manipularlos».

  25. Esto que dices ya está mucho más claro, José María. Y en esto estoy de acuerdo, porque no se trata de chismes sobre chorradas, sino actuación judicial. Lo que no admito es el caso de prensa amarilla que persigue irresponsablemente una crisis de gobierno. Al fin y al cabo, todos recibimos en nuestros correos electrónicos cosas semejantes, algunas nos hacen gracia y otras, las borramos sin más.

    Hoy sale a la luz la travesura de Urdangarín y mañana podrán poner una caricatura de nuestro profe de «mates», de la básica. La gente se reirá, pero mi indignado profesor me buscará con una estaca, para arrearme.

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