Reagan no actuó como Blanco y Rubalcaba

Estos días, con ocasión del caos aéreo del pasado viernes y a la vista de todo lo que ha venido después, se está hablando mucho de la rotunda reacción de Ronald Reagan a la huelga ilegal de controladores declarada en Estados Unidos en agosto de 1981. Lejos de lo que creen algunos, ni las circunstancias fueron las mismas ni Reagan actuó como Blanco y Rubalcaba. Empecemos por explicar los prolegómenos de lo ocurrido en EEUU. La huelga salvaje hecha por los controladores en Estados Unidos no había venido precedida de una actitud agresiva del gobierno hacia los controladores. Es más: el sindicato de controladores de EEUU, la Professional Air Traffic Controllers Organization (PATCO), había apoyado a Reagan en su campaña para la presidencia. Dicho sindicato consideraba al otrora actor como un amigo.

Una huelga ilegal contra un gobierno amigo...

Buscando sacar provecho de esa buena relación con Reagan, y pocas semanas después de la investidura del nuevo presidente, en febrero de 1981 la PATCO inició negociaciones con la Federal Aviation Administration (FAA) para conseguir del nuevo gobierno un aumento de sueldo, la reducción de la jornada laboral y ventajas para conseguir una pensión. Seis meses después, y sin ver satisfechas sus demandas, la PACTO convocó una huelga ilegal de dos días con inicio el 3 de agosto de ese año, que fue secundada con paros de la misma duración por parte de los controladores aéreos (ATC) de Canadá y Portugal.

... y una huelga ilegal contra un gobierno muy hostil

En España los controladores no pueden decir que hayan visto en este gobierno ningún gesto amistoso. Bastante agobiado por la astronómica deuda de AENA, el gobierno empezó a atacar a los controladores a finales de 2009 a fin de imponerles una rebaja de sueldos y facilitar en términos de imagen la privatización de esa empresa estatal. Desde entonces el gobierno no ha cesado de desprestigiar a todos los ATC ante la opinión pública, y ha aprobado varios decretos modificando de forma unilateral las condiciones laborales de los ATC, rebajándoles el sueldo de forma muy drástica y limitando derechos de los que gozan los demás profesionales conforme al Estatuto de los Trabajadores. Eso ha servido de acicate a los controladores para hacer una huelga salvaje, generando el caos del pasado viernes.

Reagan castigó a los huelguistas sin militarizar a nadie...

Con un 74% de los 17.500 controladores de EEUU en huelga y más de 7.000 vuelos cancelados en todo el país en el primer día de huelga, Reagan advirtió a los convocantes que la huelga era ilegal según las leyes federales (cuyo cumplimiento habían obviado otros presidentes por miedo al poder de los sindicatos de funcionarios) y dio 48 horas de plazo a los huelguistas para volver a sus puestos, advirtiendo que de no hacerlo serían despedidos. Un juez federal acusó de desacato a Robert Poli, presidente de la PATCO, e impuso al sindicato una multa de un millón de dólares por cada día que durase esa huelga ilegal. Además, el Departamento de Justicia presentó acusaciones contra varias docenas de piquetes de la PATCO que intentaban impedir la labor de pilotos y mecánicos. Una vez agotado el plazo marcado por el presidente, Reagan despidió a los 11.345 controladores que no habían vuelto a trabajar, y se aprobó una prohición vitalicia que impedía que volvieran a ser contratados (prohibición levantada por Bill Clinton doce años más tarde, tras lo cual han sido readmitidos 850 de los huelguistas). Los demás controladores siguieron haciendo su trabajo bajo la dirección de sus supervisores civiles, sin ser militarizados, y contando con el apoyo de supervisores, personal de plantilla y controladores transferidos de otras instalaciones civiles, además de los controladores militares.

... y aquí castigan y militarizan a todos los ATC

El pasado viernes, con 1.224 vuelos cancelados y con un 70% de los 2.200 controladores españoles en huelga -según AENA-, el Ministro de Fomento José Blanco compareció a las 20:30 horas y dio un ultimátum de una hora (para las 21:30h) a los ATC, amenazándoles con “medidas extraordinarias”. A las 21:30h se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 13/2010, recortando las condiciones laborales de todo el colectivo, castigando tanto a los huelguistas como a los que no pararon. A las 2:00h de la madrugada Rubalcaba dio un plazo de siete horas y amenazó con declarar el Estado de Alarma y someter a todos los ATC a la autoridad militar si los huelguistas no volvían al trabajo. Sobre las 12h del mediodía del sábado y con el Real Decreto 1673/2010, Rubalcaba no sólo cumplió su amenaza, sino que militarizó a todos los controladores, incluso a los que no apoyaron la huelga, una injusticia manifiesta que como ya expliqué ayer aquí, además contradice el Artículo 117.5 de la Constitución, que sólo permite militarizar a personal civil en Estado de Sitio.

Reagan superó la huelga con un 7,9% de ATC militares...

Por otra parte, en la huelga de EEUU se puso en marcha el plan de contingencia de la FAA para esas situaciones. Se asignó a 900 controladores militares para reforzar a los 6.000 controladores civiles que no habían secundado la huelga (incluidos los 1.300 que decidieron abandonarla). Para que nos hagamos una idea, esos 900 controladores militares sólo podían cubrir el 7,9% de los puestos que habían quedado vacíos dos días después de iniciarse el paro ilegal. A pesar de ello, en ese momento el 80% de los vuelos habían vuelto a la normalidad. Sólo dos semanas después del inicio de la huelga ilegal, la FAA empezó a admitir solicitudes para cubrir las plazas vacantes.

... aquí se monta un circo teniendo un 54,29% de ATC militares

En España hay 240 controladores militares. Ateniéndonos a las cifras de seguimiento de la huelga dadas por AENA el viernes (lo que daría unos 1.540 huelguistas), nuestros ATC militares cubrirían el 15,58% de las ausencias. Claro que 48 horas después de iniciarse la huelga ilegal de la USCA, AENA abrió expedientes a 442 controladores, lo que nos permite ajustar de forma más exacta los ATC que han abandonado la huelga. En estas condiciones, los controladores militares ya podrían cubrir el 54,29% de las ausencias. Con mucho menos que esto, Reagan ya había conseguido hacer frente a una huelga ilegal de controladores en el mismo plazo y sin militarizar a ningún ATC. En España, sin embargo, el gobierno quiere prorrogar dos meses una situación de Estado de Alerta para mantener militarizados a todos los controladores civiles, como periodo de adaptación para que los ATC militares cubran las vacantes.

Sindicatos mayoritarios: críticos con Reagan, ni pío ante ZP

Ambos casos también fueron distintos en el terreno sindical: el mayor sindicato de EEUU, la American Federation of Labor and Congress of Industrial Organizations (AFL-CIO), criticó a Reagan por cometer un “exceso brutal” al despedir a los huelguistas, y eso que Reagan fue el primer presidente de EEUU que formó parte del AFL-CIO como miembro vitalicio. En España, los sindicatos mayoritarios UGT y Comisiones Obreras han criticado la protesta de los controladores, pero no han dicho ni pío sobre la orden del gobierno de castigar y militarizar a todos los ATC, incluso a los que no hicieron huelga. Por cierto: Zapatero es miembro de UGT, como otros muchos afiliados del PSOE, y su gobierno ha aumentado notablemente las subvenciones a ambos sindicatos a pesar de la crisis.

No te pierdas las novedades y contenidos que te interesan. Recibe gratis el boletín diario en tu correo electrónico:

Comentarios:

  1. Los sindicatos sólo defienden a los trabajadores que les pagan a ellos y al gobierno que los subvenciona. Hace tiempo que perdieron cualquier otro objetivo de vista.

  2. llllleee

    Muy bueno el artículo.
    La declaración de estado de alarma fue ilegal porque no concurrían catástrofes (terremotos, etc. dice la ley) ni desabastecimientos de productos básicos.

    El artículo tiene un fallo, lógico pues no se esperaría la incompetencia adicional del Gobierno: los controladores aéreos militares no pueden tomar las torres de control porque ¡el Gobierno dejó pasar el plazo para renovar sus licencias conforme a la normativa europea!.

  3. El Tíol Bastón

    Está bien documentado y tiene razón en su mayor parte, pero insisto en que lo que dice el artículo que citas de la Constitución no es eso. Probablemente algún controlador aéreo soltó ese «hoax», pero basta con leer el artículo dos veces para percatarse de que no tiene nada que ver con militarizar o no, y con cuándo se puede o no hacerlo. De hecho, se militariza cuando le parece a un gobierno, en situaciones extraordinarias que por esto no pueden ser previstas en la constitución (también en catástrofes naturales, por ejemplo, que no son estado de sitio).

    Para entender lo que dice el artículo 117.5, hay que entender primero lo que es «estado de sitio» para la propia Constitución. En el artículo 55.1, por ejemplo, se da al gobierno la facultad de suspender lo dispuesto por otros artículos de la Constitución durante el estado de sitio, lo cual ya justifica por sí sólo que el 117.5 advierta al ejército de que no puede salirse de la Constitución durante dicho estado, en que cualquier autoridad, ya sea militar o civil, puede haber tomado el mando a la vez sobre militares y civiles (por tanto, personal no militarizado).

    Precisamente, lo que hace el artículo 117.5, es justamente lo contrario a lo que aquí decís: en un estado no de sitio, obliga a militarizar un servicio (para incluirlo en el ambiente estrictamente castrense) si se quiere que el poder militar tenga alguna autoridad sobre él.

    Militarizar algo, ya sea un servicio o las personas no sólo no es inconstitucional, sino que es simplemente lo que se hace imponiendo el servicio militar obligatorio, vigente durante muchos años con la actual Constitución. Con el Servicio Militar, todos los «mozos» considerados útiles por el Estado estábamos militarizados al llegar a cierta edad y nadie se rasgaba las vestiduras. La Constitución no tira piedras contra sí misma.

  4. Juana de Arco

    Pero es que la cuestión no va de «militarización» «estado de sitio» o «no militarización», sino que esta situación creada deliberadamente por gobierno y el sindicato USCA, ha llegado a limites claramente ilegales e irresponsables, porque como ya dijeron desde Bruselas, no es de recibo que en un país democrático un gobierno no haya querido, o sabido atajar estos problemas a tiempo. Por tanto, y dejando de lado los articulos diversos que se podrian aplicar en situaciones propias, en este caso y dada la irresponsabilidad y negligencia de los interesados en formar este lío, es Ilegal totalmente, es más, deberian ser investigados gobierno y sindicatos.

  5. Tíol Bastón: De hecho, se militariza cuando le parece a un gobierno, en situaciones extraordinarias que por esto no pueden ser previstas en la constitución

    Claro. Entonces, mañana viene Zapatero, te militariza y tú no te puedes oponer, ¿no? En fin, por Dios, estoy leyendo unas cosas últimamente que me pregunto si vivo en España o en Cuba. Es flipante, vamos.

    A propósito de la militarización:

    «La Ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio» (Artículo 117.5 de la Constitución Española)

    No es que diga yo que la militarización que ha hecho el gobierno es inconstitucional a la luz e este artículo (basta con leerlo). Alfonso Villagómez Cebrián, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, lo apunta hoy en La Gaceta, donde declara que el gobierno ha «decretado la movilización de los controladores y echado mano de una ley preconstitucional para someterlos a la jurisdicción castrense, lo cual vulnera el artículo 117.5 de la Constitución Española.»

    En este sentido, Pedro Cruz Villalón, ex presidente del Tribunal Constitucional, hace hincapié en «la inviabilidad de la pretensión de someter a la jurisdicción militar a los ciudadanos no militares en base al estado de alarma» (Estados excepcionales y suspensión de garantías», Tecnos, Madrid, 1984).

    Carlos Vidal, profesor titular de Derecho Constitucional de la UNED, lo explica también hoy en La Gaceta: «Con el Estado de Alarma no se puede militarizar a nadie.»

  6. Jesús

    Paz y Bien: Nunca me interesó la política hasta que ELLA comenzó a «tocarme la narices». Los últimos gobiernos de EEUU creo que fueron malillos. Ahora bien, estos que nos cayeron a nosotros, tienen la mente «deformada».
    Según la revelaciones al P.Gobbi, tódos lso demonios del infierno rondan por el mundo …..

  7. El Tíol Bastón

    Sí, Elentir, ya he leído que esos señores dicen eso. Pero tendrán que explicarse mejor, especialmente Cruz Villalón y Vidal, para dejar claro de dónde sale esa idea, porque el artículo al que te refieres sólo dice que en un entorno militar también tiene que regir la ley constitucional, y que lo mismo tiene que ocurrir en estados de sitio.

    El artículo dice que la Ley (con mayúscula) tiene que regir también en esos dos sitios a los que se refiere (lógico que a alguna gente le parezca absurdo hoy en día este artículo aquí en el medio: para entender su verdadero sentido, realmente hay que haber vivido en el ambiente militar tradicional de España, donde lo civil, incluidas las leyes, eran un mundo aparte. Si una ley militar era de determinado modo, aunque fuera contradiciendo la civil, un militar condenado por ella no tenía salvación civil posible por medio de una ley civil superior). No dice «la ley militar sólo puede regir en un ambiente estrictamente castrense…», ni siquiera «la ley obligará a que la ley militar rija sólo en…»

    Y menos se me ocurre de dónde se deduce del mismo que la militarización queda prohibida en cualquier caso excepto en los estados de sitio. Me gustaría que me lo explicaran, porque no me llega la cabeza para ello. Te ruego, por favor, que lo hagas: sigue el silogismo que se deduce del artículo. Por mi parte, me da la sensación de que Villalón, Vidal y otros están haciendo uso de su autoridad para afirmar una arbitrariedad suya, a no ser que se basen en leyes ajenas a la Constitución. Por eso, soy partidario de leerme las cosas por mí mismo, no de que me las digan otros.

    Pero es que esa militarización arbitraria a la que te refieres poniéndome con Zapatero un ejemplo que crees descabellado puede ocurrir, y de hecho me ocurrió ya. Yo fui militarizado, quisiera o no, durante casi un año por el mero hecho de ser varón (clara discriminación de sexo) y tener determinada edad (otra discriminación), y pobre de mí que dijera algo porque me iba a la cárcel. Pues imagínate que Zapatero vuelve a imponer ahora el servicio militar, por ejemplo, y ya estaría ocurriendo. Pues a hacerlo con la aquiescencia de tu tan querida Constitución, vigente desde hacía 16 años cuando me tocó a mí la mili. Claro que a lo mejor ahora puedo estudiar si hay procesos retroactivos porque, si es verdad que la militarización está prohibida constitucionalmente excepto en estado de sitio, va a resultar que el Estado me retuvo ilegalmente en los cuarteles durante todo ese tiempo.

    Ser militarizado es más que quedar sometido a las decisiones judiciales, te conviertes en un militar mientras te lo diga el Estado: quedas sujeto al ámbito «estrictamente castrense» al que se refiere el artículo; por tanto, la ley militar rige para ti siempre que (como sí se deduce del artículo) se someta a la constitución. Probablemente haya que haber vivido en el ambiente militar para entenderlo, porque si no no me explico por qué tanta gente está diciendo lo que está diciendo.

    Lo que sí se deduce del artículo es que, mientras los civiles sigan siendo civiles, no pueden quedar sometidos a la justicia militar. Y eso, este «gobierno» se ha cuidado mucho de arreglarlo. ¿Por qué crees, entonces, que en el mismo decreto queda establecido que aquellos controladores que empiecen a ser juzgados por lo militar antes de que acabe el estado de alarma (es decir, mientras son militares), procederán a continuar su proceso en juicios civiles en cuanto cese su militarización? Lo han arreglado bien.

    Y, en otro orden de cosas, es obvio por qué han recogido una ley de 1960 para poner en marcha este asunto. Sencillamente, no existe una posterior.

  8. Tú fuiste militarizado cuando existía el servicio militar. No es que fueses un civil militarizado: eras militar, conforme a lo recogido en el Art.30 de la Constitución. Pero cuando existía la mili no te militarizaba el gobierno porque le diese la gana: lo hacía porque lo dictaba la ley.

    En cuanto a la deducción que hago -y que hacen esos expertos juristas- del Art.117 de la Constitución, es la lógica. Lo de «en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio» está bastante claro, creo yo.

  9. El Tíol Bastón

    Elentir:

    Pues muy bien, ya fui militarizado sin haber estado de sitio.

    «No es que fueses un civil militarizado: eras militar, conforme a lo recogido en el Art.30 de la Constituciónt». Todo militar es, por definición, un civil militarizado, voluntariamente o a la fuerza. Otra cosa es ser profesional o forzoso, pero no hay diferencia para la Constitución: cómo se trate a ambos, debe sujetarse a ella (y de eso trata el artículo 117.5).

    «Cuando existía la mili no te militarizaba el gobierno porque le diese la gana: lo hacía porque lo dictaba la ley.» Efectivamente. Una ley que, si es verdad que «la Constitución prohíbe militarizar excepto en estado de sitio», debería ser anticonstitucional, ¿no? Pues han tardado un rato en darse cuenta. De modo que, si era inconstitucional, a lo mejor sí lo hacían porque les daba la gana.

    «En cuanto a la deducción que hago -y que hacen esos expertos juristas-…» No corras tanto, Elentir, porque a lo mejor las deducciones coinciden en la inconstitucionalidad de la militarización en un estado de alarma, pero no porque tal militarización sea contraria a la Constitución, que es lo que me parece deducir de lo que dices tú. Lo que yo interpreto de esos juristas es que se ha echado mano de una ley preconstitucional, y que es este hecho en sí mismo el que vulnera la Constitución porque ésta habla de unas normas todavía no reguladas teniéndola en cuenta a ella y que deberán serlo en el futuro por la Ley (la Ley con mayúscula, la general, la que se sujete a la Constitución): «La Ley regulará (en futuro)…» De ahí puede venir más bien la inviabilidad a la que se refiere Villaló, o de lo que diga una ley posterior a la Constitución (en su momento, probablemente la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio.) Y yo me quedaría más bien con esto, porque la parte que tú me dices podría ser sustituida por «lo que se haga estrictamente en el ámbito de la casa de Elentir y cuando caiga lluvia ácida», lo cual no sería opuesto a que publicara el gobierno un decreto obligando a toda la gente a trabajar gratis como criada a tus órdenes en tu casa. Esto sería criticable como abuso de poder, y tal vez como ilegalidad con arreglo a otro artículo de la Ley, pero evidentemente no podríamos decir que la razón de su ilegalidad es que no está cayendo lluvia ácida y que el artículo al que nos referimos sólo permite poner a trabajar criados en tu casa cuando cae lluvia ácida.

    Ahora bien, que esos juristas expertos tengan razones ajenas a la redacción del artículo para decir que no se puede militarizar a nadie en caso de estado de alarma (leyes postconstitucionales, por ejemplo), tendrán que explicarlo. Pueden decir frases de simple opinión, más acertada o no, y ser sacadas de contexto.

    Bueno, siento haberme puesto tan «rollo».

  10. Curioso: no sólo sostienes que la Constitución no dice lo que dice, sino que además las citas de juristas que he citado tampoco dicen lo que dicen.

    Empezaste diciendo que «se militariza cuando le parece a un gobierno, en situaciones extraordinarias que por esto no pueden ser previstas en la constitución», y resulta que la Constitución sí especifica circunstancias extraordinarias: estado de alarma, de excepción y de sitio. O no hablamos de la misma constitución o no hablamos el mismo idioma. Lo siento, pero yo hablo castellano. El relativismo lingüístico no es mi idioma. Es más, si una frase dice una cosa y tú niegas que la diga contra toda evidencia, esto ya no es un debate: es un absurdo. Dicho lo cual, aquí lo dejo.

  11. Madre del amor hermoso, comparar a Pepiño con Reagan es como comparar a la Pajín o a Bibiana con Ayn Rand.

  12. El Tíol Bastón

    Elentir:

    Pues no debemos de estar hablando de la misma Constitución, porque en la que yo digo no especifica por ningún sitio en qué circunstancias extraordinarias se debe militarizar y en cuáles no. Por cierto, que eso que tú llamas circunstancias extraordinarias no son tales, sino estados declarados como consecuencia de una decisión del gobierno ante circunstancias extraordinarias. Es decir, estás confundiendo circunstancias extraordinarias con los estados a que éstas puedan dar lugar.

    Sí, en cambio, da su aquiescencia a la militarización sin necesidad de que ninguno de esos estados concurra (llámale, si quieres, gratuita, pero no creo que eso pueda llamarse así, porque la ley tiene que determinar cuándo es: yo le llamo circunstancias extraordinarias también a esto, por ejemplo, cuando el gobierno no tenga dinero para pagarse militares profesionales, lo cual no tiene por qué dar lugar a ninguno de los estados que citas) cuando se refiere, dándole el visto bueno, a un tipo de ella específico como es el servicio militar.

  13. Carlos56

    Estimado amigo Elentir:
    Posiblemente sea de tu interés el artículo de Emilio Campany en el que se dejan entrever una posible explicación a lo que está ocurriendo.
    En un blog esta mañana he encontrado un artículo en la misma línea, más, bastante más, explícito: «¿Qué está pasando?» por Oroel
    Espero que sean de vuestro interés.

  14. Tíol Bastón, yo soy partidario del ejército profesional, no del servicio militar obligatorio (que ni siquiera hice). No sé de dónde concluyes mi «aquisciencia» a eso.

    Lo que sí es que el servicio militar, cuando existía, era un paso a la vida militar de los jóvenes varones de determinada edad, y venía previsto en la propia Constitución. No veo, así pues, de dónde narices sacas tú que el gobierno puede militarizar a quien quiera y cuando le dé la gana, sin que concurra ninguna condición especial ni circunstancia extraordinaria, como dijiste al comienzo. Eso, desde luego, es lo propio de dictaduras, y no de una democracia.

    Carlos56, de lo que comenta Emilio Campmany se habló estos días en Intereconomía TV. Es muy significativo, desde luego, que la voz cantante en todo esto la haya llevado Rubalcaba y que a ZP no le hayamos visto el pelo hasta el lunes.

Opina sobre esta entrada:

Debes iniciar sesión para comentar. Pulsa aquí para iniciar sesión. Si aún no te has registrado, pulsa aquí para registrarte.