Abogados Cristianos piden retirar las subvenciones a la entidad condenada

El Tribunal Supremo condena a la patronal del aborto en España por «publicidad engañosa»

Hoy se ha conocido una histórica decisión judicial en España, dictada por el Tribunal Supremo y que deja en evidencia un engaño que afecta a muchas mujeres.

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Concenada por afirmar que el aborto no conlleva riesgos

La Fundación Española de Abogados Cristianos ha comunicado este miércoles que el Alto Tribunal ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo condenando a ACAI (Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo), la patronal que aglutina a 32 centros de aborto, por asegurar que el aborto es una práctica que no conlleva riesgos. Con esta decisión, el Tribunal Supremo da la razón a la citada Fundación y condena a ACAI a pagar las costas del proceso y a publicar la sentencia en su página web, inadmitiendo el recurso de ACAI a la citada sentencia. El auto del Tribunal Supremo se puede leer aquí.

«Hay que quitar las subvenciones y el dinero público a estas empresas»

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha señalado que "ante la gravedad de la condena, remitiremos la sentencia a todas las consejerías de Sanidad de España para que rescindan cualquier contrato con los centros de aborto implicados". Castellanos también ha instado a la ministra de Igualdad, Irene Montero, a "que se pronuncie sobre esta sentencia que condena a los centros de aborto por mentir a las mujeres". Desde la Fundación también señalan: "hay que quitar las subvenciones y el dinero público a estas empresas que ponen en riesgo la vida de las mujeres para hacer negocio", y celebran que "por fin se ha hecho justicia contra una organización que, para obtener beneficio económico, ha mentido a muchas mujeres animándolas a abortar como si estuvieran libres de serias secuelas".

Lo que señaló la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo

El 28 de enero de 2020, la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo (se puede leer aquí) declaró como "ilícita por engañosa la publicidad realizada" por ACAI "en su página de internet". En el apartado de la sentencia dedicada a sus fundamentos de Derecho, la Audiencia se refería a la siguiente afirmación contenida en la web de ACAI: "La interrupción del embarazo es una operación que no deja secuelas, por eso cuanto te quedes embarazada será como si no hubieses tenido un aborto anterior. Tampoco hay ningún riesgo de esterilidad por someterse a uno o más abortos. El aborto es la intervención quirúrgica más frecuente en España que no deja secuelas y la incidencia de complicaciones es bajísima".

La sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo señaló que "dicha información, al omitir una información sustancial como es la relativa a los posibles riesgos del servicio que presta (art. 5-1 b) L.C.D.), riesgos que se traducen en la posibilidad de aparición de secuelas fundamentalmente psíquicas producidas por la intervención abortiva, está contribuyendo a que aquel consumidor medio pueda tomar una decisión sobre una transacción que de otro modo no hubiera tomado (art. 7 Directiva 2005/29/CE), lo que justifica que alguno de los testigos que han depuesto en el juicio llegue a hablar de un efecto llamada en esta publicidad".

La sentencia añadía que "en cualquier caso la parte demandada se ha desentendido por completo de la actividad probatoria al no haber propuesto medio alguno encaminado a demostrar la veracidad de la información por ella publicada, olvidando que es a ella a quien le incumbe legalmente tal carga". La Audiencia Provincial de Oviedo también señalaba lo siguiente: "En este caso, visto que la publicidad engañosa ha tenido un cauce de difusión tan amplio como es su aparición en la página de internet de ACAI, entendemos que su desmentido solo puede hacerse eficaz con idéntica difusión, motivo por el que se accede a la condena a incluir en su página web una referencia, en los caracteres de tipo y tamaño usuales en la propia página, de la existencia de esta sentencia condenatoria, así como una breve reseña de los mensajes publicitarios que la han determinado, desde la cual se abra una ventana de enlace en la que pueda accederse al texto íntegro de la sentencia, manteniendo tales indicaciones y enlace durante el plazo ininterrumpido de 6 meses".

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Comentarios:

  1. JuanM

    Me siento copartícipe del éxito de Abogados Cristianos, habida cuenta que, aunque modestamente, contribuyo con una aportación económica para su labor.
    ¡Enhorabona!

  2. JuanM

    ¡Enhorabuena! (Me ha salido antes en catalán:)

  3. wladimir

    es correcto..

    no comprendo como es posible que el Gobierno con los fondos provistos por los impuestos de los ciudadanod ahora se venga con iniciativas tan «progresistas» como esta de apoyar la cultura de la muerte con abortos respaldados…

    y encima a esto le hacen publicidad engañosa…que el aborto no conlleva riesgos?..
    por favor este procedimiento es altamente riesgoso tanto para la madre como para el hijo…

    pero como el Regimen Sanchista esta alineado con los progres..les parece que estas ingeniosas ideas son buenas para todos…

  4. Jandro

    ¡Buenísima noticia! Hay que ser desgraciado para decir que el aborto no deja secuelas. No es lo más importante, porque lo más terrible es la vida que se quita (aunque no hubiera dejado secuelas), pero todo logro en la dirección de acabar con esta lacra es un éxito incuestionable.

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