La reforma contradice lo que su propio partido afirmó en un recurso en 2016

Los artículos de la Constitución que Sánchez viola para liquidar la independencia judicial

Hoy se ha consumado en España un grave golpe al Estado de Derecho y, concretamente, a la separación de poderes, por parte de la izquierda.

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Liquidan la independencia judicial a toda prisa y por la puerta de atrás

De una forma nunca vista, se han modificado dos leyes orgánicas, la del Poder Judicial (1985) y la del Tribunal Constitucional (1979), por la vía de urgencia y por medio de dos meras enmiendas (la número 61 y la número 62), presentadas por los socialistas del PSOE y por los comunistas de Podemos a una proposición de ley elaborada por ellos mismos y en la que se han omitido los informes preceptivos de los órganos consultivos del Estado a la hora de modificar leyes tan relevantes. Liquidan la independencia judicial a toda prisa y por la puerta de atrás.

Una reforma que viola los Artículos 122 y 159 de la Constitución Española

Las dos enmiendas aprobadas por la izquierda y por sus socios separatistas eliminan el requisito del voto cualificado de tres quintos para la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Constitucional (TC), de tal forma que el gobierno podrá controlar ambos órganos judiciales con una mayoría simple. Es una reforma que atenta claramente contra la Constitución Española, como ha advertido la oposición parlamentaria.

Concretamente, este cambio viola el Artículo 122 y el Artículo 159 de la Constitución Española, que establecen que los miembros del CGPJ y del TC elegidos por el Congreso y el Senado lo serán "por mayoría de tres quintos de sus miembros". Esto es lo que afirma el Artículo 122.3:

"El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión".

Así mismo, el Artículo 159.1 afirma lo siguiente:

"El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial".

La reforma contradice lo que dijo el PSOE en el preámbulo de una ley

En 1985 el PSOE ya alteró ese sistema de elección mediante la Ley Orgánica del Poder Judicial, que estableció que los 20 vocales del CGPJ serían elegidos por las Cortes, es decir, por políticos. Sin embargo, esa ley estableció que sería necesaria una mayoría de tres quintos para su elección, de acuerdo con lo señalado por la Consitución. En el preámbulo de esa ley, su redactor, que fue el PSOE, afirmó:

"La exigencia de una muy cualificada mayoría de tres quintos –a la que la Constitución requiere para la elección de los otros miembros– garantiza, a la par que la absoluta coherencia con el carácter general del sistema democrático, la convergencia de fuerzas diversas y evita la conformación de un Consejo General que responda a una mayoría parlamentaria concreta y coyuntural".

En 2016 el PSOE dijo que esa mayoría de tres quintos era necesaria para preservar el pluralismo

Es más: en un recurso presentado por el PSOE al TC en 2016, los socialistas alegaron que esa mayoría de tres quintos también era necesaria en el nombramiento de los Magistrados del Tribunal Supremo y de los altos cargos judiciales: "debe realizarse con la mayoría reforzada de tres quintos sobre el total de miembros del Consejo, con la finalidad de preservar el pluralismo en el seno de la organización judicial y armonizar los requisitos de designación de los miembros de los Tribunales que culminan el Estado constitucional de Derecho".

Dicho sea de otro modo: el PSOE contradice lo que ese partido afirmó hace 6 años y se lanza a liquidar el Estado constitucional de Derecho, utilizando sus propias palabras. Y todo para poder hacerse con el control del Poder Judicial. Es un claro atentado contra la separación de poderes y contra la democracia.

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Foto: Efe.

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Comentarios:

  1. wladimir

    como siemore…

    el Regimen se contradice..dice una cosa defendiendo la democracia y la separacion de los poderes del estado en nombre de la democracia…

    pero acaba haciendo lo contrario…ademas de contar con casi el pleno del gobierno a s su favor…tambien debe buscar mas partidarios para respaldar estas iniciativas del Gobierno…

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