Una de las bases del Estado de Derecho es que las leyes deben ser iguales para todos, con independencia de su condición.
En 2020 vetó las 'banderas no oficiales' en los edificios públicos
Si no somos iguales ante la ley, si se establecen privilegios, entonces el Estado de Derecho se degrada y su lugar es ocupado por la arbitrariedad y el abuso de poder. Quiero recordar esto porque el 1 de julio de 2020, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que anunció con este titular:
«El Tribunal Supremo establece que no pueden utilizarse banderas no oficiales en el exterior de los edificios públicos»
El texto de la sentencia afirmó lo siguiente: "no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas".
He subrayado los términos de aquella sentencia porque fueron muy claros. La nota emitida entonces por el Tribunal Supremo hablaba sobre "banderas no oficiales", que son todas aquellas que no han sido reguladas por ley o por normas autonómicas y municipales. Las banderas oficiales son la bandera nacional, las banderas autonómicas, las banderas provinciales y municipales y la bandera de la Unión Europea, además de las banderas de otros países que se utilizan con motivo de una visita oficial o como signo de solidaridad, como viene ocurriendo con la bandera de Ucrania tras la invasión rusa.
El tribunal miente y ahora dice que en 2020 vetó las banderas 'partidistas'
Este lunes, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó una nueva nueva sentencia en la que tergiversa su doctrina para privilegiar a una bandera claramente ideológica, la llamada bandera LGTB o bandera del arco iris. La nota publicada para dar a conocer esa sentencia se titula así:
«El Tribunal Supremo avala colocar la bandera LGTBI en edificios públicos el Dia del Orgullo Gay por no ser un símbolo partidista»
La nota afirma: "no hay contradicción entre lo que ahora se decide y lo resuelto anteriormente sobre el izado de una bandera autonómica distinta de la estatutaria y, en general, contra la exhibición en edificios públicos de símbolos o mensajes de carácter partidista".
En 2020 el tribunal vetó las 'banderas no oficiales', no sólo las 'partidistas'
Es indignante ver al más alto tribunal de España manipulando de esta forma. Como se puede ver en el texto de la anterior sentencia, publicado por ese tribunal, la anterior sentencia del Tribunal Supremo no hablaba de "símbolos o mensajes de carácter partidista", sino de "banderas no oficiales", lo cual es muy distinto.
El concepto "banderas no oficiales" abarca los símbolos partidistas y también otros símbolos que, como he señalado, no tienen reconocimiento oficial por no representar a la Nación, a una comunidad autónoma, a una provincia, a un municipio o a la Unión Europea. Decir ahora que aquella sentencia sólo prohibió símbolos "partidistas" es mentir, y que la institución que miente sea la más alta instancia judicial de España es un motivo para para perder la fe en la Justicia.
Lo que dice el voto discrepante de uno de los magistrados
Lo que acabo de exponer no es la mera opinión de un bloguero. Uno de los cinco magistrados de esa sala, José Luis Requero, ha emitido un voto particular discrepante señalando que "la colocación por una Administración Pública de banderas en edificios de su titularidad y que son símbolo del movimiento LGTBI, infringe su obligación de neutralidad y objetividad prevista en el artículo 103.1 de la Constitución".
La sentencia aprobada ayer por la citada sala puede dar lugar a paradojas. Por ejemplo, ahora cualquier ayuntamiento podría izar una bandera anarquista alegando que no es partidista, ya que no hay partidos políticos que tengan como símbolo es bandera. Lo mismo se puede decir con otros símbolos cuya exhibición en edificios públicos vulnera ese principio de neutralidad, por el mero hecho de que no sean el logotipo de un determinado partido, como por ejemplo la bandera tricolor republicana o la "estelada" separatista catalana.
Los frutos podridos de la politización de la Justicia en España
Al final, la politización de la Justicia en España acaba generando estos frutos podridos, unas sentencias que tergiversan lo dicho en sentencias anteriores, y el lamentable espectáculo de un alto tribunal mintiendo abiertamente sobre lo que dijo hace cuatro años, para ceder a las exigencias del gobierno. Si tenemos que confiar en que un tribunal así nos proteja de los abusos de ese mismo gobierno, lo llevamos crudo. La sentencia dictada ayer es otro clavo más en el ataúd de la democracia española, que está siendo sepultada por las mismas instituciones que tienen el deber legal y moral de defenderla.
---
Foto: Luis García.
No te pierdas las novedades y contenidos que te interesan. Recibe gratis el boletín diario en tu correo electrónico: Pulsa aquí para suscribirte |
Comentarios:
escoces
Pregunto. ¿Es un ejemplo que este la bandera del BNG (con una estrella roja en el centro en vez del escudo de Galicia) en edificios públicos.
11:05 | 3/12/24
Fernando19
Las fachadas de los edificios oficiales volverán a convertirse en lugares de propaganda.
Las banderas oficiales son las que representan a todos, bueno, quizás no a una parte de la población, cuyas banderas son la sexualidad y la carencia de patria.
¿Colgará el PP en los edificios en las localidades en que gobierna estos trapillos?
Que unos magistrados del supremo interpreten las leyes a su antojo en función de su ideología, corrigiendo las sentencias previamente dictadas por otros magistrados, demuestra que la Constitución y las Leyes están tan corrompidas como el actual gobierno.
13:03 | 3/12/24
wladimir
este es el resultado…
de perimitir que el Regimen PSOE impusiera Magistrados y Jueces «Progresistas» en el Tribunal Supremo y el Poder Judicial….por sus frutos los conocereis….ahora ya estamos viendo los resultados….
o sea que si considero que asi como las banderas LGBT no sean banderas partidarias…puedo suponer que este gobierno no considere como banderas partidarias a la Bandera Sovietica o la Bandera Nacionalsocialista por tanto….ademas el Regimen PSOE como no condena a los Comunistas ni a los Nacionalsocialistas….
asi como puedo poner una Bandera LGBT en un edificio oficia durante las actividades del orgullol…tambien tendria derecho a poner una Bandera Comunista o una Bandera Nazi en un edificio oficial porque haya algun dia de conmemoracion Sovietica o Nazi…..
13:41 | 3/12/24
Berto
Cuando se cede ante un lobby (gay o cualquiera otro, me da igual) y se permite poner banderas no oficiales en edificios públicos, es la consecuencia de vivir en una sociedad donde cada uno -si es de izquierdas- puede hacer lo que le dé la gana sin consecuencias penales de ningún tipo. Cuando nos gobierna una chusma socialcomunista que, entre otras lindezas, consiente la ocupación, este tema de las banderas no oficiales ni oficiosas, no es más que una derivada de ideologías globalistas que nos dicen continuamente lo que tenemos que hacer y dejar de hacer, sin tener en cuenta la legalidad de un país, ya que al final claudica hasta el Tribunal Supremo, que se dice pronto.
El Tribunal Supremo pasándose su jurisprudencia por el forro es el vivo ejemplo de que esto no es una democracia ni nada que se le parezca.
1:20 | 4/12/24
Opina sobre esta entrada: