Hoy quiero abrir una reflexión sobre una cuestión que me preocupa desde hace muchos años pero sobre la que apenas veo debates.
En muchos países la publicidad engañosa no sólo es ilegal, sino que además es un delito. Por ejemplo, en la Unión Europea hay una directiva de 1984 hecha con el fin de unificar las leyes de los países miembros sobre esa cuestión. Esa directiva considera que "la publicidad engañosa entraña el riesgo de llevar al consumidor a tomar unas decisiones, cuando éste adquiere bienes o utiliza servicios, que le son perjudiciales".
En España, la publicidad engañosa está considerada como ilícita por el Artículo 3 de la Ley General de Publicidad. Así mismo, esa forma de publicidad está tipificada en la Ley de Competencia Desleal, cuyo Artículo 5 afirma: "Se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico". El Artículo 7 de esa ley también se refiere a las "omisiones engañosas":
"Se considera desleal la omisión u ocultación de la información necesaria para que el destinatario adopte o pueda adoptar una decisión relativa a su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa. Es también desleal si la información que se ofrece es poco clara, ininteligible, ambigua, no se ofrece en el momento adecuado, o no se da a conocer el propósito comercial de esa práctica, cuando no resulte evidente por el contexto".
Además de ser ilegal, la publicidad engañosa es también un delito en España. Está tipificada en el Artículo 282 del Código Penal:
"Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses los fabricantes o comerciantes que, en sus ofertas o publicidad de productos o servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores, sin perjuicio de la pena que corresponda aplicar por la comisión de otros delitos".
Curiosamente, las leyes españolas no contemplan ninguna sanción para la publicidad engañosa cuando es obra de un partido político. Esto se basa en que las leyes españolas consideran que publicidad es cuando se ofrece un producto a cambio de un precio, con ánimo de lucro por parte del anunciante. Pero ¿acaso un partido político no tiene un ánimo de lucro que deba ser objeto de regulación frente a posibles abusos en materia publicitaria?
La Real Academia Española define así "lucro": "Ganancia o provecho que se saca de algo". Obtener un cargo en unas elecciones es algo muy lucrativo no sólo en términos económicos (por las subvenciones obtenidas por el partido político y por los generosos sueldos que reciben muchos cargos electos). Además, en política ese lucro se plasma en algo mucho más serio que el mero beneficio económico: la obtención de poder político, un poder cuyos abusos son uno de los grandes problemas que arrastran todas las democracias desde sus orígenes.
Los engaños en política van más allá del mero hecho de hacer falsas promesas, ya sea porque son imposibles de cumplir o porque no hay la menor intención de cumplimiento por parte del político que las hace. Más grave aún es el caso de los políticos y partidos que fingen ser algo que no son. El año pasado ya señalé aquí seis casos de partidos españoles con representación parlamentaria que apoyan abiertamente a dictaduras. Todos esos partidos se autodefinen abiertamente como democráticos, un engaño que es especialmente indignante cuando hablamos de partidos adscritos a un movimiento totalitario, el comunismo, que ha sembrado decenas de dictaduras.
Es sorprendente que en una sociedad hiperregulada como la nuestra, en la que cualquier cosa está sometida a toda clase de normas, no haya ni una que penalice a los políticos por mentir y engañar. Por supuesto, si no hay leyes penalizando los engaños por parte de políticos es porque las leyes son aprobadas por los mismos que podrían ser objeto de sanción por haber engañado a sus votantes para obtener su apoyo. En este sentido, lo realmente rompedor en una democracia sería un partido que propusiese penalizar los engaños electorales.
He estado buscando y rebuscando si algún partido ha propuesto algo así en España y, por lo que veo, sólo Vox propuso introducir un delito de estafa electoral: "Cuando se demuestre que un partido ha mentido descaradamente cuando pudiendo hacer las reformas que ha prometido no las haga, eso es una estafa monumental que causa un daño terrorífico, porque has utilizado la soberanía nacional para auparte en el poder, tomar los instrumentos del poder y luego engañar a quienes te han votado", afirmó Javier Ortega Smith, entonces secretario general de Vox, en 2019.
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Imagen: 愚木混株 Yumu.
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Comentarios:
isanchezgil
Es una lástima que solamente se haya legislado contra la pblicidad engañosa. Estos «inteligentes » políticos te dirán que lo suyo no es publicidad, sino propaganda, con lo cual se salvan de mentir a mansalva cada vez que hay unas elecciones en lontananza.
0:54 | 11/02/26
AlbertoAG
Aunque considero que debería estar penado el hecho de engañar a los votantes, no servirá de nada mientras haya gente que vote a quienes sistemáticamente les mienten.
También hay que tener en cuenta qué tipo de medidas coercitivas deben ser aplicadas contra los estafadores electorales y evitar aquellas que puedan ser empleadas para restringir la libertad de difusión de ideas.
7:57 | 11/02/26
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