La primera normativa electoral de 1977 ya asignó su custodia a Correos

El bulo de la Guardia Civil y del voto por correo: esto dice la legislación electoral

Ayer hablé aquí de la campaña que circula por las redes sociales para desincentivar el voto por correo entre los votantes de derechas.

Los riesgos de desincentivar el voto por correo entre los votantes de la derecha
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¿Tendría interés la izquierda en promover una campaña como ésa?

Ya advertí de los riesgos que esa campaña conlleva, señalando que esos mensajes pueden llegar a tener un mayor impacto en el resultado que un posible fraude, puesto que a la vista del procedimiento del voto por correo -que ya describí en ese artículo, pues está regulado con todo detalle- es muy fácil (y además es legal) desanimar a la gente de derechas a que vote por correo y reducir así uno de sus cauces de participación en las elecciones, mientras que un posible fraude como el que temen algunos sería muy complejo, tendría escasa repercusión, dejaría pistas e implicaría varios delitos cuyos autores sería fácil localizar.

Si yo fuese un dirigente de izquierdas sin escrúpulos, hoy estaría disfrutando como un enano viendo a gente de derechas desanimando al voto por correo con argumentos que, al final, lo que hacen es sembrar desconfianza en el propio procedimiento electoral y fomentar el abstencionismo entre la derecha. Creo que mucha gente está difundiendo esos mensajes de buena fe, sin darse cuenta de sus repercusiones y del posible origen de esa campaña. Y acerca de ese origen, si tenía mis dudas de si alguien puede estar instigando una campaña así desde la izquierda, esas dudas se están despejando al encontrarme que un bulo se está mezclando con esos mensajes.

El bulo que afirma que la Guardia Civil custodiaba el voto por correo antes de 2016

El bulo en cuestión ya me lo han pasado varias personas, que seguramente desconocen que se trata de una falsedad. En Twitter también es fácil localizarlo con una simple búsqueda. El bulo en cuestión se basa en la afirmación de que la Guardia Civil era antes la encargada de custodiar el voto por correo, pero que ahora se encarga Correos de ello, por lo que esa modalidad de voto -según los difusores del bulo- ya no sería tan fiable como era antes. Algunos incluso ponen fecha al supuesto cambio: 2016.

El Artículo 73.4 de la LOREG echa por tierra ese bulo

Como ya he dicho, el voto por correo está regulado con todo detalle, y uno de los detalles que incluye la Ley Electoral (LOREG) es quién debe encargarse de la custodia de esos votos hasta el día de las elecciones. Esto figura en el Artículo 73.4 de la LOREG:

"El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las nueve de la mañana. Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las veinte horas del mismo. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales. Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona".

Si alguien quisiera manipular esos votos tendría que romper dos sobres por cada voto

He subrayado al comienzo lo de la correspondencia, porque algunos creen que lo que entrega Correos en los colegios electorales son nada más que las papeletas enviadas para el voto por correo. No es así: Correos tiene que entregar los sobres certificados cerrados que contienen el sobre electoral cerrado con el voto y el certificado de votación del elector (Art. 73.3 de la LOREG). Si alguien quisiera manipular esos votos tendría que romper dos sobres: el sobre electoral que contiene la papeleta, y el sobre certificado que contiene el sobre electoral y el certificado del elector. Cualquier manipulación de la correspondencia sería fácilmente observable por los apoderados de los partidos al llegar esos sobres a la mesa electoral. Alguien puede ser muy eficaz no dejando rasgo al abrir un sobre, pero no para manipular cientos o miles. Sería una labor de locos.

Lo que decía la LOREG originalmente en 1985 sobre la custodia del voto

Pero volvamos al tema de la custodia. Cualquiera que lea la LOREG en la web del BOE observará que al pie del citado Artículo 73 aparece un rectángulo de color amarillo claro que dice lo siguiente: "Se modifica por el art. único.2 de la Ley Orgánica 6/1992, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-1992-24305." Esto significa que la última modificación de ese artículo se hizo mediante la Ley Orgánica 6/1992, hace 29 años, y no en 2016. ¿Y qué decía antes ese artículo? La pregunta es fácil de contestar, pues la web del BOE te permite consultar en cada artículo cuál era su anterior redacción. La redacción previa de ese Artículo 73 se aprobó el 21 de junio de 1985, y esto es lo que decía en su punto 4:

"El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las 9 de la mañana. Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las 20 horas del mismo. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales".

Por si alguien no se fía, aquí tiene la copia escaneada de la versión impresa de ese BOE (ver PDF, página 19119). El párrafo es prácticamente idéntico al de 1992, con la salvedad de lo referido a los sobres llegados después de las 20 horas del día de votación, que deben entregarse a la Junta Electoral. Como vemos, en 1985 ya se asignaba a Correos la custodia de los sobres. Así pues, eso de que la Guardia Civil custodiaba el voto por correo hasta 2016 es una falsedad.

Lo que decía el Real Decreto-ley 20/1977 sobre la custodia del voto

Alguien podrá pensar que antes de 1985 la Guardia Civil era la que custodiaba el voto por correo. Eso es fácil de comprobar. La disposición derogatoria de la LOREG cita "el Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre normas electorales". Ese Real Decreto-ley de 1977 se puede leer aquí. Esto es lo que decía su Artículo 57 c) 4:

"El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas electorales, conforme a lo dispuesto en el presente artículo, y la trasladará a dichas Mesas a las nueve de la mañana. Asimismo seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las veinte horas del mismo".

Como vemos, es casi la misma redacción de la LOREG de 1985 y del cambio de redacción de ese artículo introducido en 1992. Dicho decreto sólo menciona a la Guardia Civil para señalar que sus miembros no son elegibles en unas elecciones.

¿Qué es lo que señalaba la legislación electoral anterior?

¿Tal vez hubo otras elecciones anteriores en las que la Guardia Civil sí custodió los votos por correo? En su disposición final tercera, el citado decreto de 1977 derogaba la Ley de 8 de agosto de 1907 "así como cuantas disposiciones se refieren a las elecciones a Cortes". La Ley de 8 de agosto de 1907 se puede leer aquí: no contemplaba el voto por correo. Esa ley se mantuvo vigente en los inicios de la Segunda República, siendo modificada mediante el Decreto del 8 de mayo 1931 (ver PDF) que tampoco contemplaba el voto por correo. La Ley de 1907 fue modificada el 27 de julio de 1933 con una escueta ley en la que tampoco se hablaba del voto por correo.

Aunque el franquismo no fue un sistema democrático, sí que convocó elecciones a Cortes y algunos referendos. la Ley de 17 de julio de 1942 de creación de las Cortes Españolas tampoco contemplaba el voto por correo. Tampoco lo mencionaba la Ley 26/1967, de 28 de junio, de Representación Familiar en Cortes. No he encontrado ninguna otra normativa de carácter electoral anterior a 1977 que prevea el voto por correo. Así pues, ¿de dónde sacan algunos que la Guardia Civil custodió alguna vez el voto por correo?

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Comentarios:

  1. Luis Fernández

    En realidad no hay que abrir dos sobres. Simplemente se abre el sobre que contiene el certificado y el sobre de votación, se extrae el certificado y se introduce en un nuevo sobre junto con un sobre conteniendo el voto que interesa, se cierra el sobre y se certifica y ya está hecho.
    También hay que ver las garantías de que en Correos se registren votos de personas que no lo han pedido. No es difícil; se analizan las listas de votantes de anteriores elecciones y se anotan los votantes que, históricamente no votan y se solicita su voto por correo. Puede ocurrir (de hecho ha ocurrido) que el votante vaya a votar presencialmente el día de la votación y se encontrará que no puede votar porque la Mesa no se lo permite al haber votado por correo (conozco algún caso) y aunuqe esa persona denuncie, lo más probable es que no prospere. En cualquier caso, es un riesgo que el falsificador asume pues el beneficio es mayor.

  2. Luis, ¿te das cuenta de que haría falta un ejército de funcionarios falsificadores para alterar miles de papeletas y que eso pudiese tener alguna incidencia en las elecciones? Y repito, los sobres electorales van en correos certificados sobre los que se guarda un registro.

    Por otra parte, el «puede ocurrir (de hecho ya ocurrido)» lo estoy leyendo a menudo estos días, pero nadie me ha indicado un caso que haya llegado siquiera a la Justicia con la correspondiente denuncia (ya no digo que haya habido una condena judicial, ya ni siquiera pido eso). ¿Cómo se puede estar sosteniendo la tesis de un fraude electoral masivo en el voto por correo con teorías tan difíciles de llevar a cabo y supuestos casos sobre los que ni siquiera consta denuncia alguna?

  3. Jose

    ¿Pero realmente haría falta abrir los sobres? ¿Qué impediría reemplazarlos directamente o añadir más sobres? Con los censos y sabiendo los abstencionistas se podría hacer un montón de votos (no hace falta que sea manualmente) y luego meterlos entre los que ya hay.

    Por favor, a ver si alguien me puede resolver esta duda. Gracias

  4. Jose

    En cuanto a reemplazar los votos, si vas a amañar unas elecciones nadie se plantearía hacerlo uno a uno manualmente sino con máquinas. La propaganda electoral con tu nombre no creo que la hagan a mano, pues algo similar pero con los sobres para votar por correo y luego reemplazas los de los ciudadanos por los tuyos con el partido que te interese. Por eso me preocupa saber quien custodia el voto por correo para que nadie pueda cambiarlos.

  5. Jm

    Pienso en la misma línea que Luis y José. Vamos a ver, la Administración conoce con la antelación suficiente 2 datos esenciales: 1/.Qué personas van a votar por correo (entre la documentación que se manda, hay que enviar al votante un certificado acreditativo de que consta en el censo por lo cual que emitir tal certificado). 2/. Dónde queda exactamente depositado ese voto por correo (el sobre que remite el votante, con el certificado y el otro sobre con su voto, llega a la unidad de reparto a la que esté adscrito el colegio electoral del votante. Allí, ese voto, junto con el resto de votos por correo, se clasifica por colegio y por mesa electoral y así, todos los votos de todos los colegios electorales que cubra esa unidad de reparto. Estos votos quedan allí hasta el mismo día de las elecciones, que serán trasladados al correspondiente colegio). La cuestión entonces es fácil: se preparan, con el mismo criterio clasificatorio, esos mismos sobres cambiando en todos ellos sólo el sobre con el voto por otro sobre con el voto que se quiera manipular. De este modo, se pueden sustituir de golpe grandes cantidades de votos. No sé, a mí no me parece en absoluto descabellado….

  6. Pilar

    Hola, pienso igual que jm. Es muy sencillo dar el cambiazo. Los sobres no se abren, se cambian por otros con el mismo código de barras, y ya está. No hay control.
    Saludos

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