El gobierno introdujo ese bulo en el preámbulo de la 'ley de libertad sexual'

El bulo de la izquierda sobre el Convenio de Estambul y la rebaja de penas a violadores

Dom 20·11·2022 · 19:45 2

En los últimos días, conocidos juristas de izquierdas han justificado los cambios introducidos en el Código Penal que han llevado a rebajar penas a violadores.

¿Chapuza o costumbre? El PSOE ya rebajó las condenas a violadores y pederastas en 1995
Así advirtió el CGPJ al gobierno en 2021 sobre su rebaja de penas a violadores: no hizo caso

Las afirmaciones de Ignacio González Vega en la SER y en el programa de Iker Jiménez

El argumento que manejan esos juristas es que España estaba obligada por el Convencio de Estambul a unificar los delitos de agresión sexual y abuso sexual. Así lo afirmó el jueves en la SER el magistrado Ignacio González Vega, que fue portavoz de la asociación progresista Juezas y Jueces para la Democracia: "En virtud del Convenio de Estambul el Estado español tenía que fusionar el abuso con la agresión sexual para englobar las conductas menos graves que eran constitutivas de abuso sexual. Eso ha producido una rebaja de las penas". González Vega usó ese mismo argumento en el programa "Horizonte" de Iker Jiménez en el canal Cuatro el mismo día.

Las afirmaciones de Isaac Guijarro en La Sexta y en Twitter

Este sábado, un abogado de izquierdas, Isaac Guijarro, recurrió al mismo argumento en La Sexta: "En 2014 España ratificó el Convenio de Estambul. El Convenio de Estambul, en su artículo 33, obligaba a España a hacer una fusión del abuso sexual y la agresión sexual en un único tipo, es decir, llevamos ocho años de retraso en hacer esta fusión". Guijarro añadió: "Esto también nos lo dijo la Unión Europea en el informe de 21 de enero de 2021. El GREVIO también nos lo dijo". Podemos ha difundido estas declaraciones en Twitter:

El jueves, la cuenta de Twitter de Olympe Abogados -el despacho de Isaac Guijarro- fue más concreta al señalar lo siguiente:

El gobierno introdujo esas afirmaciones en el preámbulo de la 'ley de libertad sexual'

El propio preámbulo de la ley de libertad sexual afirma que esta norma "elimina la distinción entre agresión y abuso sexual, considerándose agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona, cumpliendo así España con las obligaciones asumidas desde que ratificó en 2014 el Convenio de Estambul".

Juristas responden a esas afirmaciones señalando que se trata de un bulo

En las últimas horas, varios juristas han contestado esas afirmaciones. La abogada Lupe Sánchez ha señalado: "El convenio sólo exige a los Estados miembros que se tipifique como delito el sexo no consentido. No impone nomenclaturas ni penas. Lo triste es que alguien realice una afirmación así de contundente y ningún periodista interrogue sobre el artículo concreto donde se establece tal obligación".

La jurista Irene Aguiar ha recordado que ya advirtió en 2021 sobre la falsedad que incluía el preámbulo de la ley: "lo que dice el Convenio respecto de las obligaciones de derecho material sobre la violencia sexual es que hay que tipificar como delito los actos de carácter sexual no consentidos (art. 36). Y esto YA era así". Tras mostrar el contenido del Convenio, Aguiar añadía: "Como pueden ver, desde luego no dice que todas las conductas se les llame "agresiones sexuales" ni que haya que eliminar la distinción entre abuso y agresión, como dice el preámbulo. Así que, lo dicho: nos mienten y no tienen reparo en reflejarlo por escrito".

La revista jurídica Brújula Legal también ha advertido hoy sobre ese bulo: "Están extendiendo en la televisión la creencia de que el Convenio de Estambul, en su artículo 36 (también mencionan el 33, entendemos que de forma errónea), "obliga a España a refundir la agresión y el abuso en un solo delito". Aquí los artículos. Juzguen ustedes". Tras mostrar el contenido del Convenio, que desmiente las afirmaciones de Isaac Guijarro y de Ignacio González Vega, Brújula Legal añade: "La intención de este medio es luchar precisamente contra estas cosas. Nos parece preocupante que se desinforme de esta forma, a sabiendas de que la mayoría del público no buscará los artículos mencionados, limitándose a abrazar el discurso que mejor case con su ideología".

En la misma línea se ha pronunciado el abogado José María de Pablo, señalando que lo dicho ayer por Guijarro en La Sexta "es un bulo", y añadiendo que "el artículo 33 del Convenio, que es el que citó esa persona en la Sexta, no tiene nada que ver con la unificación de estos dos delitos. Ese artículo habla de tipificar como delito las amenazas y coacciones. Es el artículo 36 el que se refiere a los delitos contra la libertad sexual. Pero, como ven, en ningún momento se habla de unificar abuso y agresión en un solo delito". En este punto, José María de Pablo muestra una captura del artículo en cuestión, y añade: "Lo curioso es que las exigencias de este artículo 36 ya las cumplía nuestro Código Penal de 1995, lo que hacía innecesaria ninguna reforma penal para cumplir el Convenio".

El Convenio de Estambul no obliga a fusionar los delitos de agresión sexual y abuso sexual

Para confirmar lo que han señalado estos últimos juristas basta con acudir al Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa por parte de España, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de junio de 2014 y que recoge el contenido íntegro. Como bien han señalado los juristas citados, el Convenio no dice en ninguno de sus artículos que hayan de unificarse los tipos penales de agresión sexual y abuso sexual. Lo único que señala es que se debe "tipificar como delito" una serie de acciones que ya eran delito en España. Así pues, el gobierno introdujo un bulo en el preámbulo de la "ley de libertad sexual", y ahora la izquierda se está dedicando a propagarlo por los medios.

La 'Estrategia de la Unión para la igualdad de género' tampoco obliga a unificar esos tipos penales

Por otra parte, la "Estrategia de la Unión para la igualdad de género" que citó el jueves el despacho de Isaac Guijarro, indicando su código de procedimiento, el 2019/2169(INI), puede leerse aquí. Su punto 33 dice lo siguiente:

"Pide medidas más enérgicas en relación con la legislación sobre delitos sexuales y subraya que el sexo siempre debe ser voluntario; pide a la Comisión que incluya recomendaciones dirigidas a todos los Estados miembros para que modifiquen la definición de violación en su legislación nacional de forma que se base en la ausencia de consentimiento".

El informe del GREVIO de 2020 sobre España tampoco pedía unificar esos delitos

Así pues, este texto tampoco exige unificar los delitos de agresión sexual y abuso sexual. El despacho de Guijarro no ha dicho la verdad. En cuanto al informe del GREVIO de 2020 sobre España (ver PDF), que el propio despacho de Guijarro citaba en el tuiteo que hemos visto más arriba, en su página 85 no aparece ninguna exigencia de fusionar esos dos tipos penales. Esto es lo que dice sobre la violencia sexual:

"El GREVIO anima a las autoridades españolas a continuar con las modificaciones del Código Penal con el fin de garantizar la existencia de un delito de violación firmemente arraigado en la falta de consentimiento que es operativo en la práctica y aplicado de manera efectiva por las fuerzas y cuerpos de seguridad, la fiscalía y la judicatura. El objetivo debe ser garantizar sanciones apropiadas para todos los actos de naturaleza sexual sin el consentimiento de la víctima, incluso en ausencia de resistencia por parte de la víctima y cuando las circunstancias del caso impidan un consentimiento válido. Con este propósito, el GREVIO alienta encarecidamente a las autoridades españolas a que introduzcan capacitación y pautas para todos aquellos en el sistema de justicia penal para garantizar que se entienda la violación y la violencia sexual como delitos basados en la ausencia de consentimiento, no en el uso de la fuerza. (párrafo 224)".

Como vemos, este párrafo tampoco decía nada sobre unificar los dos citados tipos penales. Así pues, si el gobierno los ha unificado es porque ha querido, y lo ha hecho, además, desoyendo el informe del Consejo General del Poder Judicial sobre esta reforma.

Un bulo lanzado desde el gobierno y por el que debería responder ante los tribunales

Desde luego, es indignante que haya juristas que acuden a medios de comunicación a propagar una falsedad, casualmente invitados por medios afines al gobierno como son La Sexta y la SER, pero lo más indignante es que el gobierno haya introducido ese bulo en el preámbulo de una ley. Mentir en un documento público no debe salir gratis: el Artículo 390 del Código Penal impone "penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años" a la autoridad o funcionario público que cometan un delito de falsedad documental. Que aún no haya habido dimisiones sobre este escándalo es la enésima prueba de que este gobierno se niega a asumir ninguna responsabilidad sobre sus propias acciones, algo intolerable en una democracia.

---

Foto: Efe.

No te pierdas las novedades y contenidos que te interesan. Recibe gratis el boletín diario en tu correo electrónico:

Comentarios:

  1. FaramirGL

    La primera y principal actividad de cualquier socialista (comunista, nacional-socialista, feminista, etc.) es MENTIR…

  2. wladimir

    es cierto…

    y como este regimen puede sostener de manera tan cinica y descarada esta enorme patraña?…algo tan perverso como este bulo no tiene ninguna clase de asidero o sosten por mas que se le quiera buscar o incluso inventar…

    es todo un sinsentido..pero como sabemos este regimen social-progre desde hace tiempo esta acostumbrado a mentir hasta el final…e irse con su enorme mentira mas alla de toda discusion…

Opina sobre esta entrada:

Debes iniciar sesión para comentar. Pulsa aquí para iniciar sesión. Si aún no te has registrado, pulsa aquí para registrarte.