La LOPD indica como falta grave filtrar datos sobre sanciones administrativas

¿Un gobierno municipal puede saltarse la ley para difundir una sanción a un rival político?

La actual situación sanitaria está siendo aprovechada por algunos políticos para intentar convertir España en algo cada vez más parecido a una dictadura.

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Linchamiento contra Leopoldo López en medios y en redes sociales

Desde luego, es preocupante que un gobernante abuse de su poder, pero más preocupante aún es que muchos medios de comunicación y muchos ciudadanos se presten a colaborar con ese abuso. Un ejemplo claro de ello lo tuvimos ayer en Galicia. Multitud de medios han publicado que el opositor venezolano Leopoldo López fue multado en Cambados por haberse saltado el cierre perimetral junto a su familia, ya que López tiene su residencia en Madrid. Mucha gente ha difundido esas noticias en las redes sociales lanzando todo tipo de insultos, y cosas aún peores, contra López y su familia.

Un estado de alarma no puede suspender el derecho a la libertad de circulación

Nada más ver esas informaciones, lo que me indignó no es que Leopoldo López esté en Galicia. Según él, ha venido a reunirse "con compatriotas exiliados y víctimas de la dictadura de Maduro" y ha añadido: "No me consta que haya sido multado ni incumplido ninguna norma". Pero como si ha venido a ver el paisaje. Como vengo señalando desde hace meses, la Constitución ampara el derecho a la libertad de circulación en su Artículo 19, y según el Artículo 55 de nuestra Carta Magna, ese derecho sólo puede ser suspendido "cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio", y no estamos en ninguno de los dos estados. Que el gobierno nacional y los gobiernos autonómicos hayan decidido ignorar la Constitución y dictar esa suspensión con un estado de alarma es otro abuso más. Lo indignante es ese abuso, y no que alguien se desplace por el territorio nacional teniendo su residencia fijada en España.

¿Quién filtró la noticia y la foto que han publicado los medios?

Por otra parte, ¿quién facilitó esa información a los medios? Y no sólo la información sobre una supuesta sanción a un ciudadano por estar sentado en una terraza con su familia, sino incluso una foto del momento. Faro de Vigo, La Voz de Galicia, La Opinión de A Coruña y El Correo Gallego, por citar sólo algunos medios, han publicado dos fotos muy parecidas de López con su familia en esa terraza de Cambados. Ninguno de los medios indica la procedencia de esa foto: ¿se la facilitó el Ayuntamiento de Cambados?

Europa Press cita a un concejal de ultraizquierda como fuente

La propia información sobre la supuesta multa parece tener la misma procedencia. Como única fuente de la información, Faro de Vigo cita al concejal de Seguridad Ciudadana de Cambados Constantino Cordal, del partido de extrema izquierda Somos Cambados. En declaraciones a ese periódico, este concejal afirmó sobre López que "aunque esgrimió una serie de documentos para justificar esa presencia, desde la Policía Local han decidido continuar adelante con la propuesta de sanción".

La agencia Europa Press ha sido aún más clara al señalar quién facilitó esa información a los medios: "La Policía Local de Cambados (Pontevedra) ha propuesto para sanción al líder opositor venezolano Leopoldo López, que se encontraba este martes en una terraza del municipio, por saltarse el cierre perimetral. De ello informa a Europa Press el concejal de Seguridade Cidadá de Cambados, Tino Cordal".

La LOPD indica como falta grave filtrar datos sobre sanciones administrativas

Es decir, que la Policía Local multa a un ciudadano y el concejal de turno lo difunde a la prensa, que publica fotos del momento que debieron tomar los agentes. Curiosamente, en la citada noticia de Faro de Vigo, el concejal dice lo siguiente: "Hago un llamamiento a la ciudadanía para que acate las normas". Pues hablando de normas, la Ley Orgánica de Protección de Datos, en su Artículo 72, considera infracción grave, entre otros, el siguiente supuesto: "El tratamiento de datos personales relacionados con infracciones y sanciones administrativas fuera de los supuestos permitidos por el artículo 27 de esta ley orgánica".

El citado Art. 27 señala que "los tratamientos de datos referidos a infracciones y sanciones administrativas habrán de contar con el consentimiento del interesado o estar autorizados por una norma con rango de ley", fijando otra excepción para abogados y procuradores para "recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones". Dicho sea de otra forma: un Ayuntamiento no puede difundir información a los medios sobre una multa a un particular. Si lo hace, vulnera la LOPD. Basta con ver cualquier noticia no ya sobre un procedimiento administrativo, sino sobre procesos penales en los que se juzgan delitos graves. ¿A los acusados de un delito sólo se les puede citar por sus siglas pero un Ayuntamiento difunde a los medios el nombre de un ciudadano afectado por una sanción administrativa? ¿Qué es esto, Galicia o Cuba?

Filtrando una multa para hacer una campaña política contra el multado

Se da la circunstancia, además, de que entre el supuesto sancionado y el concejal en cuestión hay una rivalidad política clara. Como ya he señalado, el señor Cordal pertenece a una formación de extrema izquierda. En su cuenta de Twitter, el concejal tiene una foto suya estrechando la mano con Fidel Castro. Así que pregunto: ¿se ha saltado el Ayuntamiento de Cambados la LOPD para lanzar una campaña mediática contra un rival político? Espero que Leopoldo López ponga el asunto en manos de un abogado, porque esto es España, no la Venezuela chavista (aunque está empezando a parecerlo).

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