Ordena discriminar a los no vacunados en el acceso a locales de hostelería

Feijóo se salta la Constitución con la excusa del aumento de los contagios en Galicia

Frente a la quinta ola de la pandemia, nuestros gobernantes siguen tomando medidas que son contraproducentes y además violan derechos fundamentales.

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Hará falta certificado de vacunación para acceder al interior de bares y restaurantes

Hoy el presidente del gobierno autonómico de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, ha anunciado una serie de medidas (se pueden leer aquí) que incluyen algunos puntos ciertamente polémicos. En los municipios con niveles muy altos o altos de contagios, Feijóo ha decidido "establecer un control de acceso que garantice una restauración y hostelería seguras". Según la nota de la Xunta, "para acceder al interior de estos locales en los ayuntamientos en niveles máximo y alto se exigirá: el certificado de vacunación completa; una prueba negativa en las últimas 72 horas; o acreditar haber pasado la infección, quedando exentos de cualquiera de estas acreditaciones los menores de 12 años".

Entre los municipios afectados por esta medida están las dos ciudades más grandes de Galicia, Vigo y La Coruña. Según la nota de la Xunta, "seguirá siendo obligatorio la instalación de un medidor de CO2; contar con un registro de clientes; el uso de mascarillas y la distancia de seguridad; y el cierre se mantendrá en la una de la mañana para la hostelería y en las tres para los locales del ocio nocturno".

Suspende el derecho de reunión entre la una y las seis de la madrugada

Así mismo, la Xunta solicitará al Tribunal Superior de Justicia de Galicia "la autorización para exigir el control en las reuniones, de manera que se permitirán las reuniones de no convivientes de máximo 6 personas en interiores y 10 en exteriores, o bien dos grupos de convivencia". Feijóo ha justificado esta medida señalando que se propone "evitar las reuniones multitudinarias sin garantías que están tras un gran número de contagios". La citada nota añade que "las reuniones de no convivientes estarán prohibidas entre la una y las seis de la mañana en el nivel máximo y alto y entre las tres y las seis para los niveles medio y medio-bajo".

Unas medidas que lesionan derechos constitucionales

Para empezar, me veo en la obligación de recordar al presidente de la Xunta que el derecho de reunión está protegido por el Artículo 21 de la Constitución Española. Sería legal limitar ese derecho en caso de estar vigente un estado de alarma, o suspenderlo si hubiese un estado de excepción, pero no hay ni lo uno ni lo otro. Así mismo, la discriminación a las personas no vacunadas también podría lesionar el Artículo 14 de nuestra Carta Magna, que señala que todos los españoles somos "iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Feijóo ha reconocido que no podrá vacunar a los jóvenes hasta septiembre u octubre

En España el proceso de vacunación está siendo un monopolio exclusivo del Estado y de los gobiernos autonómicos, por lo que son ellos quienes han determinado los sectores de la población que tienen prioridad para la vacunación. Ahora mismo en Galicia muchas personas de 35 años y menos están sin la pauta completa de vacunación. Hoy mismo en declaraciones a Telecinco, Feijóo ha reconocido que no podrá vacunar a los jóvenes hasta septiembre u octubre. Así pues, en la práctica, la medida ordenada hoy por la Xunta supone un veto a las personas de una determinada edad en el interior de todos los establecimientos de hostelería de las zonas afectadas.

¿No sería más sensato y razonable prohibir los botellones?

Pero además de eso, la Xunta vuelve a hacer pagar a justos por pecadores. Si Feijóo sabe que los botellones son un foco de contagio, ¿por qué no los prohíbe concretamente, en vez de suspender el derecho de reunión por las noches? Ya existen ordenanzas municipales que prohíben el consumo de alcohol en las calles. Prohibir toda reunión porque Feijóo no quiere prohibir concretamente los botellones no sólo es injusto, sino que además viola un derecho constitucional de forma indiscriminada.

Los efectos contraproducentes que pueden tener las medidas anunciadas

Por otra parte, ¿de qué sirve señalar que las mascarillas son obligatorias en interiores si la Xunta establece medidas que implican, de hecho, darlas por inútiles? Es más: el anuncio hecho hoy por el presidente del gobierno gallego resulta peligrosamente engañoso. Un documento del propio Servicio Gallego de Salud (SERGAS, ver PDF) reconoce lo siguiente: "Los datos disponibles permiten saber que las vacunas reducen las probabilidades de padecer la enfermidade de la COVID-19 y de desarrolllar formas moderadas o graves. No obstante, en el momento actual se desconoce si una persona vacunada puede ser portadora asintomática del virus y, por lo tanto, transmitir la enfermedad a personas no vacunadas". Desconozco qué fecha tiene ese documento publicado en la web del SERGAS, pero el caso es que en febrero de 2021 la OMS advirtió que personas vacunadas pueden contagiar a otras.

Las vacunas están siendo muy eficaces para reducir drásticamente los casos más graves de contagio, como están demostrando las actuales cifras de personas ingresadas y fallecidas a pesar de tener unos niveles de contagios muy altos, pero no impiden el contagio. Cuando Feijóo discrimina a los no vacunados como lo ha hecho hoy, está provocando que muchas personas crean que los vacunados no pueden contagiar. Las autoridades deberían insistir más en que ésa es una idea falsa, pero ¿cómo insistir en ello si las medidas que toman parecen pensadas para reforzar esa idea?

Una medida que supone hacer obligatoria la vacunación

Para terminar, hay que recordar que en España la vacunación no es obligatoria. La nueva Ley de Salud de Galicia aprobada por el PP, y que incluía la vacunación obligatoria, está actualmente recurrida ante el Tribunal Constitucional tanto por Vox como por el gobierno. El segundo recurso implica la suspensión cautelar, de forma automática, de los preceptos recurridos. Imponer medidas que discriminan radicalmente a los no vacunados implica, de hecho, hace obligatoria la vacunación. Esa discriminación no sólo afectará a los que no se han vacunado por motivos de opinión, sino también a los que no lo han hecho por motivos médicos. Me parece escandaloso que en un país democrático las autoridades sigan imponiendo prohibiciones que atentan contra derechos fundamentales en vez de apelar a la responsabilidad individual, lo que implica tratar a todos los españoles adultos como si fuesen niños.

Por mi parte, yo ya tengo las dos dosis de la vacuna, pero no iré a ningún local cuyo acceso discrimine a los no vacunados, de igual forma que me niego a entrar en ningún sitio donde se discrimine a la gente por su sexo o por su raza. Nuestros gobernantes están empeñados en lesionar los derechos de una parte de los ciudadanos con la excusa de la pandemia, y ante eso debemos mostrar nuestro rechazo también los que no vamos a sufrir esas discriminaciones. Me niego a ser cómplice de un atentado contra derechos fundamentales.

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Foto: Xunta de Galicia.

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Comentarios:

  1. Luis Carlos

    Hay que leerse la carta de la Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos
    de 19 de octubre de 2005

    Artículo 3 – Dignidad humana y derechos humanos

    1. Se habrán de respetar plenamente la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales.
    2. Los intereses y el bienestar de la persona deberían tener prioridad con respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad.

    Artículo 5 – Autonomía y responsabilidad individual

    Se habrá de respetar la autonomía de la persona en lo que se refiere a la facultad de adoptar decisiones, asumiendo la responsabilidad de éstas y respetando la autonomía de los demás. Para las personas que carecen de la capacidad de ejercer su autonomía, se habrán de tomar medidas especiales para proteger sus derechos e intereses.

    Artículo 6 – Consentimiento

    1. Toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada. Cuando proceda, el consentimiento debería ser expreso y la persona interesada podrá revocarlo en todo momento y por cualquier motivo, sin que esto entrañe para ella desventaja o perjuicio alguno.

    2. La investigación científica sólo se debería llevar a cabo previo consentimiento libre, expreso e informado de la persona interesada. La información debería ser adecuada, facilitarse de forma comprensible e incluir las modalidades para la revocación del consentimiento. La persona interesada podrá revocar su consentimiento en todo momento y por cualquier motivo, sin que esto entrañe para ella desventaja o perjuicio alguno. Las excepciones a este principio deberían hacerse únicamente de conformidad con las normas éticas y jurídicas aprobadas por los Estados, de forma compatible con los principios y disposiciones enunciados en la presente Declaración, en particular en el Artículo 27, y con el derecho internacional relativo a los derechos humanos.

    3. En los casos correspondientes a investigaciones llevadas a cabo en un grupo de personas o una comunidad, se podrá pedir además el acuerdo de los representantes legales del grupo o la comunidad en cuestión. El acuerdo colectivo de una comunidad o el consentimiento de un dirigente comunitario u otra autoridad no deberían sustituir en caso alguno el consentimiento informado de una persona.

    Artículo 9 – Privacidad y confidencialidad

    La privacidad de las personas interesadas y la confidencialidad de la información que les atañe deberían respetarse. En la mayor medida posible, esa información no debería utilizarse o revelarse para fines distintos de los que determinaron su acopio o para los que se obtuvo el consentimiento, de conformidad con el derecho internacional, en particular el relativo a los derechos humanos.

    Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina)

    Publicado en:
    «BOE» núm. 251, de 20 de octubre de 1999, páginas 36825 a 36830

    Artículo 2. Primacía del ser humano.
    El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia.

    Artículo 5. Regla general.
    Una intervención en el ámbito de la sanidad sólo podrá efectuarse después de que la persona afectada haya dado su libre e informado consentimiento.

    Dicha persona deberá recibir previamente una información adecuada acerca de la finalidad y la naturaleza de la intervención, así como sobre sus riesgos y consecuencias.

    En cualquier momento la persona afectada podrá retirar libremente su consentimiento.

    Artículo 10. Vida privada y derecho a la información.
    1. Toda persona tendrá derecho a que se respete su vida privada cuando se trate de informaciones relativas a su salud.

    Artículo 13. Intervenciones sobre el genoma humano.
    Únicamente podrá efectuarse una intervención que tenga por objeto modificar el genoma humano por razones preventivas, diagnósticas o terapéuticas y sólo cuando no tenga por finalidad la introducción de una modificación en el genoma de la descendencia.

    La experimentación forzosa con humanos está considerado como un crimen contra la humanidad, y oficialmente la vacuna todavía está en fase experimental, al menos hasta que alguien se haga responsable penalmente ante los tribunales por los posibles efectos adversos para asegurar su seguridad. Si dicen que por ley hay que vacunarse entonces se le debe responder que ante tal caso el gobierno debe ser arrestado y dispuesto ante un tribunal internacional, y aquellos que cumplan dichas órdenes deben enfrentarse a cargos por prevaricación administrativa según el art 404.

  2. Alejandro

    Feijoo ya ha demostrado sobradamente, que la legislación vigente se la pasa por el arco…
    Yo recuerdo cuando no hace mucho, quiso sacar una ley, para hacer obligatoria la vacunación, con un régimen sancionador incluido.
    Ahora, vulneración flagrante de la norma suprema, nuestra constitución.
    ¿Alguien recurrirá estas medidas autoritarias y discriminatorias en los tribunales?

  3. pacococo

    A estos les importa muchísimo la constitución, la prueba es que sólo sacan normas para violarla.

    A ver si los gallegos dejan de votar al psoe o lo que sea D. Alberto.

    Supongo que también en Cuba te obligan a todo.

  4. Alvaro

    No se de qué te extrañas viendo a las autoridades actuando con falsedad e incoherencia.

    Las mascarillas son útiles o inútiles según les convenga, y tan pronto se dictan normas que asumen lo uno como lo otro.

    Los vacunados están inmunizados o no según les convenga, y tan pronto se dictan normas que asumen lo uno como lo otro.

    Al final, en el discurso oficial no se trata de que las mascarillas o las vacunas sean o no realmente eficaces o seguras: lo que se dirá oficialmente es que son… lo que convenga en ese momento a los intereses del gobierno de turno.

    Huelga decir que el mismo fundamento ético y moral tienen las medidas ilegales que se impulsan y la información cambiante y contradictoria con que éstas se justifican.

    Un saludo.

  5. Marcial

    Ya lo dijo Fraga antes de convertirse a su vez en un reyezuelo: las autonomías son taifas donde reinan reyes menores que hacen y deshacen a su antojo.

  6. Alvaro J. Díaz-Mella

    El Führer Feijóo sigue jugando con nosotros hasta ver cuánto aguantamos.

    La responsabilidad individual es la única manera de combatir este COVID.

    Gran artículo y objeción, Elentir.

  7. Sharovarov

    Pues yo no me he vacunado todavía, y tenía que haberlo hecho ya porque soy del mismo año que Zapapedro. Eso sí, no soy gallego sino de Andalucía.

  8. Anónimo

    Ola Elentir,

    A data e hora de creación do ficheiro PDF, PR_profesionais.pdf, é o luns, 18 de xaneiro de 2021 14:12:55 UTC.

    Gracias pola información. Saúdos,

  9. Graciñas pola información, non me fixei nese dato. Farían ben no SERGAS en actualizalo co que se sabe hoxe en día sobre as vacinas.

  10. Orli

    Hace méritos para ir a Madrid.

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