Confirma que la Xunta ni siquiera solicitó el aval judicial para esa medida

El TSJG reprende a Feijóo y suspende la imposición del certificado Covid en Galicia

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) confirma lo que Contando Estrelas señaló el pasado sábado acerca del certificado de vacunación en Galicia.

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Contando Estrelas ya señaló que Feijóo no pidió el aval judicial a esa medida

Como recordaréis, tras conocer que el auto 88/2021 del TSJG no abordó la cuestión de la obligatoriedad del certificado de vacunación en el interior de los establecimientos hosteleros de los municipios con más contagios de Galicia -un hecho que fue señalado por el abogado Francisco Javier Fernández Tarrío el 2 de agosto, pero en el que no se fijó ningún otro medio-, el sábado publiqué aquí que, a juzgar por lo que señala el tribunal, el gobierno de Feijóo ni siquiera había pedido el aval judicial a esa imposición del certificado de vacunación para acceder al interior de bares y restaurantes.

El TSJG confirma que la Xunta no sometió a autorización esa medida

Pues bien: a las 12:18 del mediodía de hoy, el TSJG ha confirmado lo publicado por Contando Estrelas en una nota de prensa (se puede ver aquí la versión web) en la que explican dos autos notificados hoy sobre el tema en los que señalan que "la Xunta solo envió el TSXG para someter a autorización la orden de 21 de julio, en la que se establecían medidas de prevención frente al virus, entre ellas limitaciones en las reuniones, pero no la orden de 22 de julio, que contenía el requerimiento de presentar el certificado COVID-19 en establecimientos de hostelería y restauraciíón".

El Tribunal reprende al gobierno de Feijóo tachando su proceder de «anómalo»

"Este anómalo proceder por parte de la Xunta indujo a confusión", señalan los magistrados, que explican en su nota que en la resolución emitida la semana pasada en la que denegaron la medida cautelarísima solicitada por la Asociación de Empresarios Lugo Monumental para que se suspendiese, sin escuchar las razones de la Xunta, la obligación de presentar el certificado "no se hizo mención alguna a las razones que se exponen en los presentes autos al dar por sentado que las medidas cuya suspensión se instaba habían sido sometidas a previa autorización por el TSXG". Esto ya es surrealista. Es decir, que el Tribunal pensó que la Xunta le había solicitado esa medida, y por eso denegó la cautelarísima la semana pasada. ¿En el TSJG nadie lleva cuenta de lo que autorizan?

El TSJG señala a la Xunta que tenía la obligación legal de pedir esa autorización

En los dos autos publicados hoy (ver primer auto en PDF, ver segundo auto en PDF), el TSJG va aún más allá en su dura crítica a la Xunta, con dos párrafos demoledores:

"Llama poderosamente la atención que la Xunta de Galicia solo sometió a autorización de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia la Orden de 21 de julio, pero no la de 22 de julio, que es la que contenía medidas restrictivas de derechos fundamentales.

Este anómalo proceder por parte de la Xunta de Galicia indujo a confusión, dando lugar a que no se sometiera a autorización por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia la Orden de 22 de julio, pese a que contenía nuevas medidas limitativas de derechos, como son las contenidas en su Disposición Cuarto, de nueva implantación, referidas a la obligación de presentar un certificado emitido por el servicio público de salud que acredite las circunstancias que se reseñan en relación con la hostelería y restauración; autorización que era preceptiva conforme a lo dispuesto en la nueva redacción del art. 10.8 de la LJCA dada por la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales organizativas para hacer frente al Covid".

Es decir, que Feijóo se saltó la ley al no pedir ese aval judicial. Algo muy grave.

El Tribunal explica la razón del auto de la semana pasada

Así mismo, y como también señaló Contando Estrelas el sábado frente a lo que estaban publicando erróneamente algunos medios -que daban por avalado judicialmente esa imposición del certificado de vacunación a la hostelería Galicia-, el TSJG señala que en su auto del 6 de agosto los magistrados "no avalaron el requerimiento impuesto por el Gobierno gallego, sino que, dado que la tramitación de las medidas cautelarísimas supone que no se dé traslado del recurso a la Xunta, el tribunal acordó, con el objetivo de «no hurtar a la administración la posibilidad de hacer alegaciones», que se continuase la tramitación del procedimiento como una pieza ordinaria de medidas cautelares. Es decir, una vez que el Gobierno gallego tuviese posibilidad de justificar la adopción de la medida frente al recurso interpuesto por los hosteleros, el TSXG tomaría una decisión sobre su procedencia".

El Tribunal suspende la imposición del certificado de vacunación en la hostelería

Para terminar, el TSJG señala que en sus dos autos notificados hoy, "la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo suspende el requerimiento de presentar el certificado COVID-19", y también "deniega las medidas cautelarísimas para que se anulase esa obligación solicitadas por la Asociación Liberum y por titulares de establecimientos de hostelería, restauración y ocio nocturno de Santiago de Compostela, pues la medida que instan suspender ya carece de vigencia en Galicia al no haber sido autorizada por el TSXG". El Tribunal añade, además, que contra dichos autos "no cabe presentar recurso".

Un espaldarazo a los hosteleros y un revés para la Xunta y para algunos medios

Esta decisión del TSJG es un espaldarazo a los hosteleros gallegos, que han tenido que afrontar situaciones muy desagradables por esa medida impuesta por la Xunta -que fue denegada en Andalucía por vulnerar derechos fundamentales como el derecho a la intimidad personal y el derecho a la no discriminación-, y es además un duro revés para el gobierno de Feijóo, que queda muy mal al haber implementado esa medida ocultándosela al TSJG y no pidiendo el aval judicial. Por algo así debería haber dimisiones. Es gravísimo que el gobierno gallego haya impuesto una medida así a los hosteleros sin pedir autorización judicial.

Los autos del TSJG dejan también en evidencia el penoso trabajo de ciertos medios de comunicación, que aseguraron que ese Tribunal había avalado la citada medida en Galicia, a pesar de tratarse de un auto en el que se limitaba a responder una solicitud de medidas cautelarísimas. Ciertos medios no deberían informar sobre asuntos jurídicos si desconocen las nociones más básicas de esa materia. Es vergonzosa la forma en la que han engañado a sus lectores, afirmando que el TSJG había avalado esa medida, cuando no era así. Por lo que respecta a esta web, Contando Estrelas procurará seguir tratando con rigor esas cuestiones como hizo el pasado sábado, con una voluntad de servicio a la verdad y de informar correctamente a sus lectores.

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Foto: Xunta de Galicia.

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Comentarios:

  1. Sharovarov

    ¿Que debería de haber dimisiones? Pues sí, las debería de haber…si estuviéramos en un país normal, claro.

  2. Alvaro J. Díaz-Mella

    Bravo, Elentir.👏🏻👏🏻👏🏻🇪🇸

  3. Antonio Jesús

    Efectivamente con tan solo estar al tanto de la legislación vigente -como le ha ocurrido a Contando Estrelas- la Junta habría cumplido con su obligación en lugar de proceder a esa prohibición de derechos que tanto perjudica a ese sector de la hostelería y que ha dado lugar a que sea el TSJG el que se haya visto obligado a rectificar dichas normas administrativas impuestas de forma totalmente gratuita. Un saludo

  4. El Peregrino Gris

    ¿Anómalo proceder? ¿No sería delictivo proceder más bien? A lo mejor el TSJG está siendo un poquito condescendiente. Pero, ¿qué se yo?

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